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Actualiza cargos y funcionarios de la junta de aeronáutica civil considerados sujetos pasivos de lobby y deja sin efecto resolución que indica
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 26 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Junta de Aeronáutica Civil
ACTUALIZA CARGOS Y FUNCIONARIOS DE LA JUNTA DE AERONÁUTICA CIVIL
CONSIDERADOS SUJETOS PASIVOS DE LOBBY Y DEJA SIN EFECTO
RESOLUCIÓN QUE INDICA
Núm. 685 exenta.- Santiago, 18 de mayo de 2026.
(Resolución)
Vistos:
El DFL Nº 241 de 1960, que fusiona y reorganiza diversos servicios relacionados con la
aviación civil; el DFL Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL Nº 29 de 2004 que
fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto
Administrativo; la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos
que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.882, que
regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; la Ley Nº 20.730, que
Regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y
funcionarios; el decreto Nº 71 de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que
regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y
funcionarios de la administración del Estado; la Ley Nº 19.254 de 1993, que fija plantas de
personal de las Subsecretarías de Transportes y de Telecomunicaciones y de la Junta de
Aeronáutica Civil; la resolución exenta Nº 176/15/2024, de 7 de octubre de 2024 y la resolución
exenta Nº 544, de 2 de mayo de 2025, ambas de la Secretaría General de la Junta de Aeronáutica
Civil; la resolución Nº 36 de 2024, de la Contraloría General de la República; y demás normativa
aplicable.
Considerando:
1. Que, conforme a lo señalado en el artículo 3º de la ley Nº 20.730, tienen la calidad de
sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de esta ley, las autoridades que en
dicha norma se indican; y aquellas personas que, en razón de su función o cargo, tengan
atribuciones de carácter decisorio relevante o influyan decisivamente en quienes gocen de dichas
atribuciones y reciban por ello regularmente una remuneración.
2. Que, según dispone el referido artículo 3º de la citada ley, el jefe superior del servicio
respectivo debe proceder anualmente a individualizar a las personas que se encuentren en dicha
calidad, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios
electrónicos vinculados al cumplimiento de las normas de transparencia activa de la Ley de
Transparencia.
3. Que, por su parte, el artículo 5º del Reglamento de la Ley del Lobby complementa lo
anterior, estableciendo que la resolución fundada de la autoridad competente que contenga la
nómina de los sujetos pasivos de lobby deberá dictarse el mes de mayo de cada año.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
4. Que, mediante la resolución exenta Nº 544 de 2025, citada en Vistos, se establecieron los
cargos y funcionarios considerados sujetos pasivos de lobby.
5. Que, conforme a lo expuesto y acorde a la designación prevista en la citada resolución,
mediante el presente acto administrativo se actualizará la designación de los sujetos pasivos que,
en razón de su función o cargo, tienen atribuciones decisorias relevantes o influyen
decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones.
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