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CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL DENOMINADA "PANEL DE EXPERTOS PARA LA ENCUESTA DE CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA NACIONAL 2026"
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 1 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Subsecretaría de Evaluación Social
CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL DENOMINADA "PANEL DE
EXPERTOS PARA LA ENCUESTA DE CARACTERIZACIÓN SOCIOECONÓMICA
NACIONAL 2026"
Núm. 19 exento.- Santiago, 18 de mayo de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido,
coordinado y sistematizado fue fijado en el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue
fijado en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, que
organiza las secretarías de Estado; en el decreto ley N° 1.028, que precisa atribuciones y deberes
de los subsecretarios de Estado; en la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley
N° 21.796, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026; en la ley N° 19.628,
sobre protección de la vida privada; en la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública;
en la ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y modifica cuerpos
legales que indica; en el decreto supremo N° 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social,
Subsecretaría de Evaluación Social, que aprueba reglamento del artículo 4° de la ley N° 20.530,
que crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia; en el artículo 1°, Título I "Delegaciones de
carácter general", N° 21, del decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General
de la Presidencia, que faculta a los ministros de estado para firmar "Por orden del Presidente de
la República"; en el memorándum Ses N° 864/2026, de 4 de mayo de 2026, de la Subsecretaría
de Evaluación Social; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República,
que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, en las demás normas vigentes,
pertinentes y aplicables, y
Considerando:
1° Que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, en adelante e indistintamente,
"Ministerio" es la secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República
en la planificación, el diseño y aplicación de políticas, planes, y programas en materia de equidad
y/o desarrollo social, especialmente aquellas destinadas a erradicar la pobreza, proveer apoyos y
cuidados y brindar protección social a las personas, familias o grupos vulnerables en distintos
momentos del ciclo vital, promoviendo la movilidad e integración social y la participación con
igualdad de oportunidades en la vida nacional.
2° Que la ley N° 20.530, en su artículo 3°, literal e), dispone que este Ministerio debe
"Analizar de manera periódica la realidad social nacional y regional de modo de detectar las
necesidades sociales de la población y de las familias e informarlas al Comité Interministerial de
Desarrollo Social y Familia".
3° Que, asimismo, corresponde a este Ministerio estudiar y proponer las metodologías que
utilizará en la recolección y procesamiento de información para la entrega de encuestas sociales
y otros indicadores, en materias de su competencia, según lo establecido en el literal x), del
artículo 3°, de la ley N° 20.530.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
4° Que, en el marco de las atribuciones antedichas, este Ministerio realiza la Encuesta de
Caracterización Socioeconómica Nacional, conocida como "Encuesta Casen", con el objetivo de
disponer de información que permita conocer la situación de los hogares y de la población,
especialmente de aquella en situación de pobreza y de aquellos grupos definidos como
prioritarios por la política social, con relación a aspectos tales como demográficos, de educación,
salud, vivienda, trabajo e ingresos. En particular, esta encuesta permite contar con información
para estimar la magnitud de la pobreza por ingresos y multidimensional, además de la
distribución del ingreso; identificar carencias y demandas de la población en las áreas señaladas;
y evaluar las distintas brechas que separan a los diferentes segmentos sociales y ámbitos
territoriales. Adicionalmente, esta encuesta permite estimar la cobertura, la focalización y la
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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