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APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA EN CAMINO BUIN ALTO JAHUEL, COMUNA DE BUIN
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 1 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana
APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA EN CAMINO BUIN ALTO JAHUEL,
COMUNA DE BUIN
Núm. 1.693 exenta.- Santiago, 29 de abril de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en DFL N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y
Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de
Tránsito; en la ley N° 21.088, que modificó la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones
sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo N° 102, de 2019,
del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamentó las condiciones de gestión
y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de
seguridad para los ocupantes de los ciclos y deroga el decreto supremo N° 116, de 1988, del
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL N° 343, de 1953, del Ministerio de
Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el
DFL N° 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de
Transportes; en el decreto ley N° 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio
de Transportes; en la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos
que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; resolución exenta N° 5.874,
de 2 de septiembre de 2025, de esta Secretaría Regional Ministerial, que aprueba anteproyecto de
ciclovía Camino Buin - Alto Jahuel, comuna de Buin; circular N° 477, de 16 de septiembre de
2025; oficio N° 34227, de 14 de noviembre de 2025, y circular N° 647, de 11 de diciembre de
2025, todos de esta Secretaría Regional Ministerial; Carta de Jean Paul Rabanales representante
Urbaniza S.A., ingresadas con N° E159061, de 15 de septiembre de 2025, y N° E215322, de 11
de diciembre de 2025; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República, y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante carta N° 001/25, de 15 de septiembre de 2025, ingresada a esta Secretaría
Regional con expediente virtual N° E159061 de Jean Paul Rabanales, representante de Urbaniza
S.A., se remite a esta Secretaría Regional Ministerial el proyecto "Ciclovía Camino Buin Alto
Jahuel", comuna de Buin, para ser evaluado de conformidad con el DS N° 102/2019, citado en
Visto.
2.- Que, el referido proyecto de ciclovía fue remitido, mediante circular N° 477, de 16 de
septiembre de 2025, de esta Secretaría Regional Ministerial, a diversas instituciones para
informar, consolidándose las observaciones de estos organismos y de esta Secretaría Regional en
el oficio N° 34227, de 14 de noviembre de 2025, del mismo origen, el cual fue notificado al
interesado mediante correo electrónico de fecha 17 de noviembre de 2025.
3.- Que, mediante carta N° 002/2025, con ingreso virtual N° E215322, de 11 de diciembre
de 2025, el interesado adjuntó versión corregida del proyecto, cumpliendo con los plazos
estipulados en el decreto supremo N° 102, ya citado. Esta versión fue posteriormente remitida a
los organismos que participaron en su evaluación, para su pronunciamiento, mediante circular N°
647, de 11 de diciembre de 2025, de esta Secretaría Regional, sin que se hubieran generado
nuevas observaciones.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
4.- Que, cabe tener presente, que con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario
Oficial el decreto supremo N° 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y
seguridad de tránsito de las ciclovías, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por
lo que la evaluación de toda ciclovía debe ajustarse, a partir de dicha fecha, al procedimiento allí
descrito, el que se estructura en dos etapas, la de anteproyecto y de proyecto, respecto de las
ciclovías no existentes a dicha fecha.
5.- Que, el interesado acredita contar con un anteproyecto aprobado mediante resolución
exenta N° 5.874, de 2 de septiembre de 2025, de esta Secretaría Regional Ministerial, el que se
encuentra vigente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 9 del decreto
supremo N° 102, citado en Vistos.
6.- Que, el interesado ha presentado una memoria explicativa que describe adecuada y
detalladamente todos los aspectos señalados en el numeral 3 del artículo 10° del decreto supremo
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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