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Diario Oficial· normas_generales

APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA EN CAMINO BUIN ALTO JAHUEL, COMUNA DE BUIN

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 1 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA EN CAMINO BUIN ALTO JAHUEL, COMUNA DE BUIN Núm. 1.693 exenta.- Santiago, 29 de abril de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en DFL N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la ley N° 21.088, que modificó la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo N° 102, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamentó las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos y deroga el decreto supremo N° 116, de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL N° 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el DFL N° 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de Transportes; en el decreto ley N° 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio de Transportes; en la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; resolución exenta N° 5.874, de 2 de septiembre de 2025, de esta Secretaría Regional Ministerial, que aprueba anteproyecto de ciclovía Camino Buin - Alto Jahuel, comuna de Buin; circular N° 477, de 16 de septiembre de 2025; oficio N° 34227, de 14 de noviembre de 2025, y circular N° 647, de 11 de diciembre de 2025, todos de esta Secretaría Regional Ministerial; Carta de Jean Paul Rabanales representante Urbaniza S.A., ingresadas con N° E159061, de 15 de septiembre de 2025, y N° E215322, de 11 de diciembre de 2025; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en la demás normativa aplicable. Considerando: 1.- Que, mediante carta N° 001/25, de 15 de septiembre de 2025, ingresada a esta Secretaría Regional con expediente virtual N° E159061 de Jean Paul Rabanales, representante de Urbaniza S.A., se remite a esta Secretaría Regional Ministerial el proyecto "Ciclovía Camino Buin Alto Jahuel", comuna de Buin, para ser evaluado de conformidad con el DS N° 102/2019, citado en Visto. 2.- Que, el referido proyecto de ciclovía fue remitido, mediante circular N° 477, de 16 de septiembre de 2025, de esta Secretaría Regional Ministerial, a diversas instituciones para informar, consolidándose las observaciones de estos organismos y de esta Secretaría Regional en el oficio N° 34227, de 14 de noviembre de 2025, del mismo origen, el cual fue notificado al interesado mediante correo electrónico de fecha 17 de noviembre de 2025. 3.- Que, mediante carta N° 002/2025, con ingreso virtual N° E215322, de 11 de diciembre de 2025, el interesado adjuntó versión corregida del proyecto, cumpliendo con los plazos estipulados en el decreto supremo N° 102, ya citado. Esta versión fue posteriormente remitida a los organismos que participaron en su evaluación, para su pronunciamiento, mediante circular N° 647, de 11 de diciembre de 2025, de esta Secretaría Regional, sin que se hubieran generado nuevas observaciones. Sitio Web: www.diarioficial.cl 4.- Que, cabe tener presente, que con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo N° 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por lo que la evaluación de toda ciclovía debe ajustarse, a partir de dicha fecha, al procedimiento allí descrito, el que se estructura en dos etapas, la de anteproyecto y de proyecto, respecto de las ciclovías no existentes a dicha fecha. 5.- Que, el interesado acredita contar con un anteproyecto aprobado mediante resolución exenta N° 5.874, de 2 de septiembre de 2025, de esta Secretaría Regional Ministerial, el que se encuentra vigente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 9 del decreto supremo N° 102, citado en Vistos. 6.- Que, el interesado ha presentado una memoria explicativa que describe adecuada y detalladamente todos los aspectos señalados en el numeral 3 del artículo 10° del decreto supremo

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