Diario Oficial· normas_generales
Modifica Resolución Nº 1.253 Exenta, de 2018, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, Que Delega Ejercicio de Atribuciones y Fa
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 30 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.253 EXENTA, DE 2018, DE LA SUBSECRETARÍA DE
ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO, QUE DELEGA EJERCICIO DE
ATRIBUCIONES Y FACULTAD DE FIRMAR EN LAS MATERIAS QUE INDICA, POR
LAS RAZONES QUE SE SINGULARIZAN, Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN
EXENTA FOLIO RAEX202600244 DE ESTA SUBSECRETARÍA
Núm. RAEX202601393.- Santiago, 17 de junio de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.575; en el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto
refundido, coordinado, sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el
decreto con fuerza de ley Nº 88, de 1953, del Ministerio de Hacienda; en el decreto Nº 747, de
1953, del Ministerio de Economía; en la ley Nº 18.118 que legisla sobre ejercicio de la actividad
de martillero público; en el decreto Nº 197, de 1985, del entonces Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción; en la resolución exenta Nº 1.253, de 2018, de esta Subsecretaría y
sus modificaciones; en la resolución exenta folio RAEX202600244, de 30 de enero de 2026, de
la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño y en la resolución Nº 36, de 2024,
de la Contraloría General de la República; y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1. Que, el artículo 41 de la precitada ley Nº 18.575, permite la delegación del ejercicio de
las atribuciones y facultades propias, en los términos y con los requisitos que allí se prescriben.
2. Que, el referido artículo, en su inciso final, también establece la posibilidad de delegar la
facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos sobre materias
específicas.
3. Que, en este contexto, mediante la resolución exenta Nº 1.253, de 1 de junio de 2018, de
la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, se delegó el ejercicio de
atribuciones y facultad de firmar en las materias que indica.
4. Que, dicha resolución ha sido modificada mediante las resoluciones exentas folio
RAEX20210116 y RAEX202100952, ambas de 2021, y RAEX202501454 y RAEX202502294,
ambas de 2025, todas de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.
5. Que, el inciso segundo del artículo 3º del decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000,
que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, orgánica
constitucional de bases generales de
la
la Administración del Estado, dispone que
Administración del Estado deberá observar, entre otros, los principios de eficiencia y eficacia.
6. Que, el artículo 126 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre
Estatuto Administrativo, consigna que si el jefe superior de la institución, el Secretario Regional
Ministerial o el Director Regional de servicios nacionales desconcentrados, según corresponda,
estimare que los hechos son susceptibles de ser sancionados con una medida disciplinaria o en el
caso de disponerlo expresamente la ley, ordenará mediante resolución la instrucción de una
investigación sumaria, la cual tendrá por objeto verificar la existencia de los hechos, y la
Sitio Web: www.diarioficial.cl
individualización de los responsables y su participación, si los hubiere, designando para tal
efecto a un funcionario que actuará como investigador.
7. Que, a su turno, al artículo 140 del singularizado Estatuto Administrativo señala que,
emitido el dictamen, el fiscal elevará los antecedentes del sumario al jefe superior de la
institución, el Secretario Regional Ministerial o el Director Regional de servicios nacionales
desconcentrados, según el caso, quien resolverá en el plazo de cinco días, dictando al efecto una
resolución en la cual absolverá al inculpado o aplicará la medida disciplinaria, en su caso.
Tratándose de la medida de destitución, los antecedentes se elevarán a la autoridad facultada para
hacer el nombramiento.
8. Que, mediante la resolución folio RAEX202600244, de 30 de enero de 2026, se
delegaron atribuciones relacionadas con la tramitación de procedimientos disciplinarios al
Encargado(a) de Oficina de Partes, pero se ha decidido traspasar tales funciones a la (el)
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)