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Diario Oficial· normas_generales

Aprueba plan de acción comunal de cambio climático núm. 994.- alto del carmen, 23 de junio de 2026. vistos: estos antecedentes: la constitución política de la república, en sus artículos 6°, 7° y demá

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 30 de junio de 2026

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MUNICIPALIDAD DE ALTO DEL CARMEN APRUEBA PLAN DE ACCIÓN COMUNAL DE CAMBIO CLIMÁTICO Núm. 994.- Alto del Carmen, 23 de junio de 2026. Vistos: Estos antecedentes: La Constitución Política de la República, en sus artículos 6°, 7° y demás correlativos, que garantizan la protección del medio ambiente y el deber del Estado y sus entidades de asegurar un entorno libre de contaminación y riesgo ambiental, el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y especialmente sus artículos que facultan a la municipalidad a promover el desarrollo comunal, ejecutar obras y actividades de protección del medio ambiente, y adoptar instrumentos de planificación y gestión pública, la ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y su normativa reglamentaria aplicable. 4. La ley N° 21.455, Ley Marco de Cambio Climático, que en su artículo 12 establece la obligación de las municipalidades de elaborar y aprobar sus Planes de Acción Comunal de Cambio Climático (PACCC), en concordancia con las directrices ambientales nacionales y regionales, como instrumento de planificación para mitigar y adaptar los efectos del cambio climático en el ámbito local, el decreto supremo N° 16 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento para la elaboración y actualización de los Planes de Acción Comunal de Cambio Climático, la Ley N° 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, que promueve procesos participativos en la elaboración de instrumentos de gestión territorial y comunitaria, la ley N° 19.880, que fija las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, y que instruye respeto al debido proceso administrativo, el Acuerdo N° 06 adoptado por el Honorable Concejo Municipal de Alto del Carmen en sesión ordinaria N° 17 de fecha 10 de junio de 2026, que aprueba el Plan de Acción Comunal de Cambio Climático para la comuna de Alto del Carmen, la necesidad de formalizar y dotar de eficacia jurídica el Plan de Acción Comunal de Cambio Climático de la Comuna de Alto del Carmen, en cumplimiento de las obligaciones normativas y de gestión ambiental local, así como de los compromisos con el desarrollo sustentable. La resolución N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República que establece las normas sobre exención de trámite de toma de razón, el Reglamento N° 03 de fecha 19 de marzo de 2025, sobre actualización de subrogancia en cargo Direcciones y Unidades Municipales, el decreto alcaldicio N° 05005 de fecha 06-12-2024 que nombra Alcalde de la Comuna de Alto del Carmen a don Cristian Olivares Iriarte; el artículo 62 y las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, y las atribuciones que me confiere la ley Nº 18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1, del Ministerio del Interior publicado en el DO, de fecha 26 de julio de 2006, y sus modificaciones posteriores. Considerando: 1. Que el artículo 3° de la ley N° 18.695 establece como función privativa de las municipalidades la elaboración, aprobación y modificación del Plan de Desarrollo Comunal (Pladeco), instrumento rector de la planificación estratégica comunal. 2. Que el artículo 4° del mismo cuerpo legal señala que corresponde a las municipalidades desarrollar funciones relacionadas con la protección del medio ambiente y la promoción del desarrollo sustentable. Sitio Web: www.diarioficial.cl 3. Y que la ley N° 21.455 establece la obligación de las municipalidades de elaborar Planes de Acción Comunal de Cambio Climático, los cuales deben ser coherentes con la planificación regional comunal vigente. 4. Que el Plan de Acción Comunal de Cambio Climático constituye un instrumento de planificación estratégica sectorial que complementa y fortalece el Pladeco, incorporando criterios de mitigación y adaptación al cambio climático en la gestión municipal. 5. Que el acuerdo N° 06 de la sesión ordinaria N° 17 de fecha 10 de junio del año 2026 del Honorable Concejo Municipal que aprobó por unanimidad el Plan de Cambio Climático Comunal 2026 - 2030. 6. Que corresponde formalizar su aprobación mediante el acto administrativo correspondiente, otorgándole plena eficacia jurídica.

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MUNICIPALIDAD DE ALTO DEL CARMEN