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Secretaría Regional Ministerial Región de Coquimbo Extracto La Resolución Nº 546 Exenta de Fecha 12 de Junio de 2026, Que Aprueba Nómina Parcial de 100 Personas y Sus Familias de los Cupos Faltantes Q
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MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial Región de Coquimbo
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La resolución Nº 546 exenta de fecha 12 de junio de 2026, que aprueba nómina parcial de
100 personas y sus familias de los cupos faltantes que integrarán el megaproyecto proyecto
temporalmente denominado “Plan urbano habitacional Ciudad Justa Maestranza (ex-Ferronor) de
la comuna de Coquimbo” perteneciente al programa habitacional Fondo Solidario de Elección de
Vivienda, conforme al artículo 27, del DS Nº 49 (V. y U.) de 2011, en la Región de Coquimbo.
Cuyo considerando y resuelvo prescriben lo siguiente:
Considerando:
1. La resolución exenta Nº 2.249 (V. y U.), de fecha 28 de diciembre de 2023, que otorga
subsidios habitacionales del programa habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda,
regulado por el DS Nº 49 (V. y U.) de 2011, y sus modificaciones, conforme a art. 27, del DS Nº
49 (V. y U.) de 2011 y sus modificaciones.
2. Que para el desarrollo construcción del Megaproyecto Ciudad Justa Maestranza Código
188870, se requiere de 392 subsidios habitacionales, siendo necesario utilizar la facultad
establecida en el artículo 27 del DS Nº 49 (V. y U.) de 2011, en el sentido de otorgar
financiamiento por la vía de asignación directa, y diferir la determinación de la nómina de
personas beneficiarias que lo integrarán.
3. Que, el resuelvo 2 de la resolución exenta Nº 2.249 (V. y U.), de fecha 28 de diciembre
de 2023 delega facultades en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la
Región de Coquimbo para nominar a las 392 personas y sus familias que integran el
megaproyecto Plan Urbano Habitacional Ciudad Justa Maestranza Coquimbo.
4. La resolución exenta Nº 186 de fecha 9 de marzo de 2026, de la Seremi Minvu Coquimbo
que “Aprobó nomina parcial de 279 personas y sus familias de un total de 392 cupos que
integrarán el megaproyecto proyecto temporalmente denominado “plan urbano habitacional
ciudad justa maestranza (ex-Ferronor) de la comuna de Coquimbo” perteneciente al programa
habitacional fondo solidario de eleccion de vivienda, conforme al artículo 27, del DS Nº 49 (V. y
U.) de 2011, en la Región de Coquimbo.
5. El oficio ordinario Nº 1703, de fecha 22 de mayo de 2026, del Serviu Región de
Coquimbo, mediante el cual remite nómina parcial de las personas que integrarán el
megaproyecto habitacional PUH Ciudad Justa Maestranza de Coquimbo, definidas conforme a la
aplicación de los criterios de prelación establecidos en el resuelvo segundo de la resolución
exenta Nº 2.249, de 28 de diciembre de 2023, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y solicita
la nominación de 100 familias para dicho proyecto habitacional.
6. El correo electrónico de fecha 09 de junio de 2026, de la Jefa del Departamento de Planes
y Programas de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo, dirigido a la Jefa
del Departamento de Operaciones Habitacionales del Serviu Región de Coquimbo, mediante el
cual formula observaciones y solicita antecedentes complementarios necesarios para subsanar y
complementar la información contenida en el oficio señalado en el literal precedente.
7. El correo electrónico de fecha 10 de junio de 2026, de la Jefa del Departamento de
Operaciones Habitacionales del Serviu Región de Coquimbo, dirigido a la Jefa del Departamento
de Planes y Programas de la Seremi de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo,
mediante el cual se subsanan las observaciones formuladas y se remiten los antecedentes
complementarios requeridos.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
8. La resolución exenta Nº 94 de fecha 06.02.2026 de la Seremi de (V. y U.) Región de
Coquimbo que define agrupación de comunas para la Región de Coquimbo de acuerdo con lo
establecido en el inciso octavo letra a) del artículo 35 del DS Nº 49 (V. y U.) de 2011 para las
postulaciones colectivas a proyectos habitacionales reglamentado por el programa FSEV.
9. Que, conforme a los procedimientos de ejecución de los proyectos habitacionales del
Servicio, corresponde al Serviu Regional informar y vincular a las familias con el oferente
adjudicado. Que dicha vinculación deberá efectuarse una vez que el proyecto presente, al menos,
un cincuenta por ciento (50%) de avance en la ejecución de sus obras, circunstancia que deberá
ser debidamente acreditada por el Departamento de Obras de Edificación, dependiente del
Departamento Técnico de Construcciones y Urbanización de este Servicio.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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