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Determina Localidades en Que Trabajadores(as) Beneficiarios(as) de los Programas Inversión en la Comunidad y Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal Podrán Postular a los
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 2 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo
DETERMINA LOCALIDADES EN QUE TRABAJADORES(AS) BENEFICIARIOS(AS)
DE LOS PROGRAMAS INVERSIÓN EN LA COMUNIDAD Y MEJORAMIENTO
URBANO Y EQUIPAMIENTO COMUNAL PODRÁN POSTULAR A LOS BONOS DE
INCENTIVO AL RETIRO Y DE COMPLEMENTO CONFORME LO ESTABLECIDO
EN EL ARTÍCULO 57 DE LEY Nº 21.196 Y ESTABLECE PLAZOS DE POSTULACIÓN
A DICHOS BONOS
Núm. 536 exenta.- Santiago, 8 de mayo de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 5º del decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653,
de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social, que establece la Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del
Trabajo; en los artículos 47 al 61 de la ley Nº 21.196, que otorga reajuste de remuneraciones a
los trabajadores del Sector Público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que
indica, y modifica diversos cuerpos legales; en los artículos 50 y 51 de la ley Nº 21.806, que
otorga reajuste general de remuneraciones a las y los trabajadores del Sector Público, concede
aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales;
en la Ley Nº 21.796 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026, Partida 15,
Capítulo 01, Programa 03, Subtítulo 24-03-264, "Programa Inversión en la Comunidad", Glosas
05 y 06; en el decreto Nº 1, de 2010, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece
objetivos, líneas de acción y procedimientos del Programa Inversión en la Comunidad y sus
modificaciones; en el decreto supremo Nº 946, de 1993, del Ministerio del Interior y Seguridad
Pública, que establece procedimientos y criterios de selección de proyectos y programas a
financiar con el Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal; en el decreto
supremo Nº 18, de 2026, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que designa
Subsecretario del Trabajo; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la
República, que fija las normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
1º Que el Ministerio del Trabajo y Previsión Social a través de la Subsecretaría del Trabajo
tiene a su cargo el Programa Inversión en la Comunidad, que de conformidad con lo dispuesto en
el decreto Nº 1, de 2010, de esa Secretaría de Estado, tiene como objetivo entregar reglas de
carácter administrativo que se apliquen al financiamiento de proyectos de mano de obra intensiva
en el ámbito local que presenten un claro beneficio comunitario.
2º Que, por su parte, el decreto supremo Nº 946, de 1993, del Ministerio del Interior, actual
Ministerio del Interior y Seguridad Pública, establece que con los recursos considerados para la
ejecución del Programa Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal del Capítulo
Municipalidades del Presupuesto del Ministerio del Interior, se podrán financiar proyectos y
programas de inversión que generen empleo y que permitan mejorar la calidad de vida de la
población más vulnerable económicamente.
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3º Que la ley Nº 21.196, modificada por la ley Nº 21.806, establece un plan de egreso para
los beneficiarios(as) de los programas señalados, el que considera el pago de un bono de
incentivo al retiro y de complemento de pensión, según corresponda, en favor de quienes
renuncien voluntariamente a los contratos de trabajo que mantengan en el marco de la ejecución
de dichos programas, y cumplan con los demás requisitos establecidos en la ley para acceder a
estos, el que será administrado por la Subsecretaría del Trabajo.
4º Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la ley Nº 21.196, la Subsecretaría del
Trabajo, a través de una o más resoluciones exentas visadas por la Dirección de Presupuestos,
deberá determinar las localidades cuyos(as) trabajadores(as) beneficiarios(as) del Programa
Inversión en la Comunidad y del Programa de Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal
podrán postular al bono de incentivo al retiro y al bono de complemento, la(s) que podrá(n)
dictarse hasta el 31 de diciembre de 2026.
5º Que, con el objeto de implementar de manera eficaz y eficiente el referido plan de egreso,
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