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Nombra a don tomás andreas saratscheff bosch, en el cargo de director nacional del servicio de biodiversidad y áreas protegidas núm. 41.- santiago, 8 de abril de 2026. vistos: lo dispuesto en el artíc
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 2 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE
NOMBRA A DON TOMÁS ANDREAS SARATSCHEFF BOSCH, EN EL CARGO DE
DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO DE BIODIVERSIDAD Y ÁREAS
PROTEGIDAS
Núm. 41.- Santiago, 8 de abril de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 de la Constitución Política de la República; el DFL N°
1/19.653, 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado; la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de
Hacienda; la ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; la ley N° 21.600, que
Crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas;
el DFL N° 1, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente, que Fija Planta de Directivos del
Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y regula otras materias que indica; la ley N°
19.882, que Regula Nueva Política de Personal a los Funcionarios Públicos que Indica; el decreto
supremo N° 38, de 2026, del Ministerio del Interior, que Nombra Ministros y Ministras de
Estado en las Carteras que indica; el decreto supremo N° 47, de 3 de octubre de 2025, del
Ministerio del Medio Ambiente, que Nombra a don Aarón Reginaldo Cavieres Cancino en el
cargo de Director Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas; el decreto supremo
N° 21, de 16 de marzo de 2026, del Ministerio del Medio Ambiente, que Acepta renuncia no
voluntaria de don Aarón Reginaldo Cavieres Cancino al cargo de Director Nacional del Servicio
de Biodiversidad y Áreas Protegidas; el decreto supremo N° 294, de 26 de marzo de 2026, del
Ministerio de Hacienda, que Decide eximir de la aplicación del mecanismo de selección de los
altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo
quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, al cargo de Director/a Nacional del Servicio de
Biodiversidad y Áreas Protegidas, el cual se encuentra afecto al Sistema de Alta Dirección
Pública; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1º.- Que, en virtud del decreto supremo N° 47, de 3 de octubre de 2025, del Ministerio del
Medio Ambiente, se nombró a don Aarón Reginaldo Cavieres Cancino, cédula nacional de
identidad N° 7.869.577-3, en el cargo de Director Nacional del Servicio de Biodiversidad y
Áreas Protegidas, a contar del 6 de octubre de 2025, quien fue designado mediante el Sistema de
Alta Dirección Pública, regulado en la ley N° 19.882, que Regula Nueva Política de Personal a
los Funcionarios Públicos que Indica.
2º.- Que, de acuerdo con el decreto supremo N° 21, de 16 de marzo de 2026, del Ministerio
del Medio Ambiente, se aceptó renuncia no voluntaria de don Aarón Reginaldo Cavieres
Cancino al cargo de Director Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, a contar
del día 14 de marzo de 2026.
3º.- Que, conforme a lo anterior, el cargo de Director Nacional del Servicio de
Biodiversidad y Áreas Protegidas, se encuentra vacante desde el 14 de marzo de 2026.
4º.- Que, el cargo de Director Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas
debe ser provisto a través de un proceso de selección público abierto, de amplia difusión, en
conformidad a lo dispuesto en la apuntada ley N° 19.882.
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5º.- Que, no obstante, el artículo trigésimo sexto bis de la citada ley N° 19.882, prescribe
que el Presidente de la República podrá eximir de la aplicación del mecanismo de selección de
los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo
quincuagésimo séptimo, hasta doce cargos de jefes superiores de servicio que se encuentren
afectos al Sistema de Alta Dirección Pública. Para tal efecto, el o los decretos deberán dictarse
dentro de los tres meses siguientes al inicio del respectivo período presidencial.
6º.- Que, asimismo, el inciso segundo del apuntado artículo establece que, dichos cargos
deberán ser provistos con personas que cumplan con los requisitos legales y los perfiles para
desempeñarlos.
7º.- Que, a través del decreto supremo N° 294, de 26 de marzo de 2026, del Ministerio de
Hacienda, se decidió eximir de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos
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