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Congregación Cristiana Padre, Hijo y Espíritu Santo (extracto) Carlos Fuentes Cáceres, Notario Primera Notaría
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 2 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Subsecretaría de Justicia / Departamento Personas Jurídicas - Unidad Entidades Religiosas
CONGREGACIÓN CRISTIANA PADRE, HIJO Y ESPÍRITU SANTO
(Extracto)
Carlos Fuentes Cáceres, Notario Primera Notaría Angol, Arturo Prat 155, certifico: Con
fecha 13 agosto 2025, ante mí, bajo el repertorio N° 1687-2025, se redujo a escritura pública el
Acta de Constitución de entidad religiosa de derecho público denominada Congregacion
Cristiana Padre, Hijo y Espiritu Santo, inscrita Registro Público del Ministerio de Justicia N°
7362 de 21 octubre 2025, instrumento público complementado por escritura pública de 9 de
marzo de 2026, suscrita ante el mismo notario, anotada bajo el repertorio N° 470-2026.
Constituyentes: Luisa Oñatte Saavedra, Aída Del Carmen Cifuentes, Belén Oñate Molina,
Mauricio Núñez, Aída Cifuentes Lagos, Benedicta Sáez Olate, Ruth Cid Oñatte, Flor Rojas
Toloza, Guillermina Castillo, Paulina Jaque Castillo, Raúl Gallegos Medina, Gonzalo Canales
Canales, Marisol Veloso, Jenny Sanhueza Sobarzo, Alejandro Aguilera, Sandra Burdiles Núñez,
Romina Vásquez Sáez, Camila Soto Vásquez, Rosa Ferrada, Ignacio Vargas Oñatte, Génesis Cid
Oñatte, David Muñoz Veloso, Vicente Villalobos, Matías Cortées Rojas, Trinidad Aguilera, Luz
Erices, Enedina Mendoza Rojas, Juan Rojas Mendoza. Domicilio: comuna de Angol, sin
perjuicio habilitación sedes otros lugares de la República que Directorio acuerde. Elementos
esenciales, fundamentos y principios: Son principios de fe de la Iglesia: 1. Creer en la Biblia
como las sagradas escrituras, por contener la palabra de Dios, verdad absoluta, autoridad
doctrinal, fuente inagotable de salvación y enseñanza para el mundo. 2. Cree en un solo Dios,
creador y conservador de todas las cosas, visibles e invisibles. 3. La Trinidad de Dios, Padre,
Hijo y Espíritu Santo. 4. Que Jesús es unigénito hijo de Dios, que murió y resucitó para el perdón
de nuestros pecados, y esperamos su segunda venida. Órganos de Administración: El Pastor, El
Directorio y las Asambleas Generales. El Pastor tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a)
Representar judicial y extrajudicialmente a la Iglesia; b) Presidir las reuniones del Directorio y
las Asambleas Generales de miembros; c) Convocar a Asambleas Ordinarias o
de
Extraordinarias cuando corresponda de acuerdo a los estatutos; d) Ejecutar los acuerdos del
Directorio; e) Organizar los trabajos del Directorio y proponer el plan general anual de
actividades de la Iglesia; f) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamentos y acuerdos
de la Iglesia; g) Nombrar las Comisiones de Trabajo que estime convenientes; h) Firmar la
documentación propia de su cargo y aquellas en que deba representar a la Iglesia; i) Dar cuenta
anualmente en las Asambleas Generales de la marcha de la Iglesia y del estado financiero de la
misma; j) Las demás atribuciones que determinen estos Estatutos y los reglamentos. El
Directorio es un órgano colegiado integrado por seis miembros activos y será presidido por el
Pastor. El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes: a) Dirigir la IGLESIA y velar
por que se cumplan sus Estatutos y las finalidades de la Iglesia; b) Administrar los bienes
sociales e invertir sus recursos; c) Citar a las Asambleas Generales de miembros activos, tanto
Ordinarias como Extraordinarias en la forma y época que señalan sus estatutos; d) Redactar los
reglamentos que se estimen necesarios para el mejor funcionamiento de la Iglesia y de los
diversos grupos de trabajo que se creen para el cumplimiento de sus fines y someter dichos
reglamentos a la aprobación de las Asambleas Generales; e) Rendir cuentas en Asamblea
General Ordinaria, tanto de la marcha de la Iglesia en lo espiritual como de la inversión de sus
fondos mediante una memoria, balance e inventario, que en esa ocasión se someterá a la
aprobación de sus miembros activos; f) Preocuparse de la organización y dirección eclesiástica
de cada Iglesia o circuito dependiente de la Iglesia; y g) Dictar los reglamentos internos de las
Iglesias y grupos caseros, con acuerdo de cada Iglesia y grupo casero y aprobación final de la
Asamblea General. La Asamblea General es la primera autoridad de la Iglesia y representa al
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conjunto de sus miembros. Está compuesta por la totalidad de los miembros de la Iglesia. Habrá
Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias. En la Asamblea General Ordinaria se
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