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Diario Oficial· normas_generales

Establece Orden de Subrogación de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la Región de los Lagos, y Deja sin Efecto D

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de julio de 2026

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MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS, Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 66 EXENTO, DE 2022, DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Núm. 17 exento.- Santiago, 5 de junio de 2026. Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; lo establecido en el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con fuerza de ley N° 1-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto con fuerza de ley N° 7.912, de 30 de noviembre de 1927, del Ministerio del Interior; en el decreto N° 38, de 2026, del Ministerio del Interior, que nombra Ministros de Estado que indica; en el decreto N° 66 de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el oficio folio OFIC202604739, de 28 de mayo de 2026, de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la Región de Los Lagos; en el oficio N° 383, de 28 de mayo de 2026, del Delegado Presidencial Regional de Los Lagos y, en las resoluciones N°s. 36, de 2024 y, 7 de 2025, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1. Que, el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, en sus artículos 4, inciso final; y en los artículos 80, y 81, dispone las normas en materias de subrogación, siendo este último artículo el que faculta a la autoridad para efectuar el nombramiento y determinar otro orden de subrogación en los siguientes casos: a) En los cargos de exclusiva confianza. 2. Que, en este contexto, el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la Región de Los Lagos, es de exclusiva confianza del Presidente de la República. Sitio Web: www.diarioficial.cl 3. Que, mediante decreto exento N° 66, de 13 de julio de 2022, de esta Cartera de Estado, se estableció el orden de subrogancia del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la Región de Los Lagos. 4. Que, por razones de buen servicio, y con la finalidad de mantener la continuidad de la función pública resulta necesario ajustar el orden de subrogación para el cargo señalado precedentemente.

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ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL