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Establece Orden de Subrogación de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de la Región de los Lagos, y Deja sin Efecto D
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL
MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO, DE LA REGIÓN DE LOS
LAGOS, Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 66 EXENTO, DE 2022, DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Núm. 17 exento.- Santiago, 5 de junio de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley
N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de
los Órganos de la Administración del Estado; lo establecido en el decreto supremo N° 19, de
2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 29,
de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de
la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley 1-19.175, de
2005, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el
decreto con fuerza de ley N° 1-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto con fuerza de
ley N° 7.912, de 30 de noviembre de 1927, del Ministerio del Interior; en el decreto N° 38, de
2026, del Ministerio del Interior, que nombra Ministros de Estado que indica; en el decreto N° 66
de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el oficio folio OFIC202604739, de
28 de mayo de 2026, de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, de
la Región de Los Lagos; en el oficio N° 383, de 28 de mayo de 2026, del Delegado Presidencial
Regional de Los Lagos y, en las resoluciones N°s. 36, de 2024 y, 7 de 2025, ambas de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón.
Considerando:
1. Que, el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004 del Ministerio de Hacienda, que fijó el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo,
en sus artículos 4, inciso final; y en los artículos 80, y 81, dispone las normas en materias de
subrogación, siendo este último artículo el que faculta a la autoridad para efectuar el
nombramiento y determinar otro orden de subrogación en los siguientes casos: a) En los cargos
de exclusiva confianza.
2. Que, en este contexto, el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía,
Fomento y Turismo, de la Región de Los Lagos, es de exclusiva confianza del Presidente de la
República.
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3. Que, mediante decreto exento N° 66, de 13 de julio de 2022, de esta Cartera de Estado, se
estableció el orden de subrogancia del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía,
Fomento y Turismo, de la Región de Los Lagos.
4. Que, por razones de buen servicio, y con la finalidad de mantener la continuidad de la
función pública resulta necesario ajustar el orden de subrogación para el cargo señalado
precedentemente.
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ESTABLECE ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL