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Ratifica suspensión temporal de cobro de peaje en la "plaza peaje chaimávida" y en la "plaza de peaje san roque" a todo tipo de vehículos núm. 159.- santiago, 29 de mayo de 2026. vistos: el decreto su
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
RATIFICA SUSPENSIÓN TEMPORAL DE COBRO DE PEAJE EN LA "PLAZA PEAJE
CHAIMÁVIDA" Y EN LA "PLAZA DE PEAJE SAN ROQUE" A TODO TIPO DE
VEHÍCULOS
Núm. 159.- Santiago, 29 de mayo de 2026.
Vistos:
El decreto supremo Nº 450, de 1982, del Ministerio de Obras Públicas y sus modificaciones;
las facultades que me confieren los artículos 29 Nº 5, 75 y 111 del decreto con fuerza de ley Nº
850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas; lo señalado en el artículo 2º del decreto con
fuerza de ley Nº 25, de 2004, del Ministerio de Hacienda; el decreto Nº 19, de 2001, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus modificaciones, y lo dispuesto en las
resoluciones N° 36, de 2014, y Nº 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, el pasado 17 y 18 de enero del año en curso, en la Región del Biobío y en la Región de
Ñuble, se registraron diversos focos de incendios forestales, alcanzando sectores urbanos. Esta
emergencia provocó interrupciones en las rutas de acceso a la ciudad de Concepción,
dificultando el desplazamiento de los equipos de emergencia y de la ciudadanía. En este
contexto, resultan estratégicas las plazas de peaje Chaimávida, ubicada en la ruta N-48-O, Km
28.200, XVI Región Ñuble y Plaza San Roque, ubicada en ruta R-156 Km 74.150 VIII Región
del Biobío, ambas administradas por la Dirección de Vialidad.
Que, Senapred Ñuble mediante resolución exenta Nº 14, del 18 de enero 2026, de la
Dirección Regional de Ñuble del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, se
canceló la alerta amarilla y se declaró alerta roja regional, por las razones antes indicadas.
Que, Senapred Biobío mediante resolución exenta Nº 19, del 18 de enero 2026, de la
Dirección Regional de Biobío del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres,
se canceló la alerta amarilla y se declaró alerta roja regional, por las razones antes indicadas.
Que, el Ministerio del Interior declara estado de excepción constitucional de catástrofe en la
región de Ñuble y Biobío el 18 de enero 2026, publicado en Diario Oficial CVE 2757409/CVE
2757408.
Que, producto de lo descrito anteriormente y en coordinación con el Secretario Regional
Ministerial de Obras Públicas del Ñuble y el Delegado Presidencial Regional del Biobío, se
adoptó la decisión de suspender temporalmente el cobro de la tarifa de peaje, en aras de permitir
el pronto traslado y resguardo del personal del punto donde se encuentra la Plaza de Peaje
Chaimávida y la Plaza de Peaje San Roque, además de facilitar el desplazamiento de los
vehículos de evacuaciones, de emergencia, Ejército y Carabineros que actuaban en dicho sector y
en tránsito de localidades aledañas.
Que, ante la imposibilidad de realizar un adecuado cobro de tarifa de peaje, se adoptó en
coordinación con las autoridades de la Dirección de Vialidad de la Región de Ñuble y Biobío la
decisión de levantar las barreras que se encuentran dispuestas en dichas plazas de peajes, para
facilitar el flujo vehicular. En la Región de Ñuble desde las 12:30 horas del 18 de enero y en la
Región del Biobío desde las 10:30 hrs del 18 de enero.
Que, mediante correo electrónico de la Sra. Ministra Jessica López, se coordina el término
de la medida a las 00:00 horas del día 2 de febrero, del año 2026 en el marco de que la
emergencia fue disminuyendo al pasar los días.
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Que, la minuta técnica sobre suspensión temporal de cobro en plaza de peaje Chaimávida y
plaza de peaje San Roque, de mayo de 2026, firmada por el Subdirector (S) de Mantenimiento
DV da cuenta de las acciones y medidas adoptadas por el Ministerio de Obras Públicas en la
suspensión de cobro en las plazas de peaje ya señaladas.
Que, el numeral 2º del Capítulo IV sobre el "Ministerio de Obras Públicas", del artículo 1º
del decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sus
modificaciones, que faculta a este Ministro para firmar el presente acto administrativo "Por orden
del Presidente de la República".
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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