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Otorga Concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada para la Localidad de el Salvador
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA
MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE EL SALVADOR
Santiago, 11 de junio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 517 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
e) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija norma sobre requisitos
básicos de las estaciones de radiodifusión sonora;
f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija norma técnica para el
servicio de radiodifusión sonora, y sus modificaciones;
g) La resolución exenta Nº 1.313, de 2021, de la Subsecretaría, que aprueba las bases del
concurso público de radiodifusión sonora, correspondiente al segundo cuatrimestre de 2021; y,
h) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora,
correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2021, publicado en el Diario Oficial Nº 42.955, de
17 de mayo de 2021;
b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 137.408, de 3 de agosto de
2021;
c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 2.449/C, de 2 de mayo de
2023; rectificado por memorándum N° 1.064, de 5 de agosto de 2024;
d) Lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 13A de la Ley;
e) La resolución exenta N° 1.595, de 23 de agosto de 2024, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de Concesiones de Radiodifusión
Sonora en Frecuencia Modulada;
f) El acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 2 de diciembre de 2024;
g) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum N° 386, de 12 de marzo de
2025;
h) Lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 13A de la Ley;
i) La resolución exenta Nº 638, de 24 de abril de 2025, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada,
para la localidad de El Salvador, Región de Atacama, a Radiodifusora Arcoíris SpA;
j) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión;
y, en uso de mis atribuciones;
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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