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Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN 1.- Res. Ex. N° 1.457/2025 de 18/11/2025, se resolvió la causa rol 2515398;

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MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN 1.- Res. Ex. N° 1.457/2025 de 18/11/2025, se resolvió la causa rol 2515398; Vistos: Las facultades como Director Regional del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la resolución exenta RA N° 240/2037/2023, del SAG; Ley N° 18.755/1989 Orgánica del SAG y sus posteriores modificaciones; el DFL N° 1/2000 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880/2003 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; ADC N° 15003915 de fecha 22/07/2025 y; la Resolución N° 36/2024 de la CGR; Considerando: ADC N° 15003915 de fecha 22/07/2025, cursada a don Alfredo Fabian Tola, con domicilio desconocido, en relación al siguiente hecho: Mediante una denuncia de avicultores de la región, se procede a fiscalizar un centro de acopio, ubicado en Soldado Alonso Cou N° 4120, Población Raúl Silva Henríquez, donde se detectan 17.000 unidades de huevos de gallina de origen boliviano, sin contar con documentación de respaldo.; Res. Ex. N° 986 de fecha 28/07/2025, de esta Dirección Regional, que, en el Orden Sanitario, Ordena la Destrucción de los Productos.; Acta de destrucción de fecha 28/07/2025; Certificado de no comparecencia del denunciado.; El infome de Protección Pecuaria.; Que, conforme a los antecedentes reunidos y a la ponderación antes señalada, se considera que el denunciado ha infringido lo dispuesto en el decreto exento N° 510/2016 del Ministerio de Agricultura, que Habilita Puertos Para la Importación de Mercancías Sujetas a Revisión del Servicio Agrícola y Ganadero, y deroga decreto N° 156 Exento, de 1998; DFL RRA N° 16 de 1963, Sobre Protección y Sanidad animal; la Resolución Exenta N° 2.224 de 12 de abril de 2021 de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que modifica la resolución exenta N° 3.138 de 28 de octubre de 1999, que Establece Requisito de Habilitación Para Establecimientos de Producción Pecuaria que Deseen Exportar Animales o sus Productos a Chile; Resolución N° 1.559/1995 de la Dirección Nacional de SAG, que fija exigencias sanitarias para la Internación de Huevos para consumo; por lo que se procederá a aplicar sanción. Resuelvo: 1.- Aplíquese a don Alfredo Fabian Tola una multa de 40 UTM, vigentes a la fecha de pago; 2.- Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 3.- El infractor podrá pedir al Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su notificación. Firma: Álvaro Alegría Matus, Director Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Arica y Parinacota. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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