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Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota NOTIFICACIÓN 1.- Res. Ex. N° 1.457/2025 de 18/11/2025, se resolvió la causa rol 2515398;
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MINISTERIO DE AGRICULTURA
Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Arica y Parinacota
NOTIFICACIÓN
1.- Res. Ex. N° 1.457/2025 de 18/11/2025, se resolvió la causa rol 2515398; Vistos: Las
facultades como Director Regional del SAG, Región de Arica y Parinacota, conforme a la
resolución exenta RA N° 240/2037/2023, del SAG; Ley N° 18.755/1989 Orgánica del SAG y sus
posteriores modificaciones; el DFL N° 1/2000 que Fija Texto Refundido, Coordinado y
Sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado; la Ley N° 19.880/2003 que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; ADC N°
15003915 de fecha 22/07/2025 y; la Resolución N° 36/2024 de la CGR; Considerando: ADC N°
15003915 de fecha 22/07/2025, cursada a don Alfredo Fabian Tola, con domicilio desconocido,
en relación al siguiente hecho: Mediante una denuncia de avicultores de la región, se procede a
fiscalizar un centro de acopio, ubicado en Soldado Alonso Cou N° 4120, Población Raúl Silva
Henríquez, donde se detectan 17.000 unidades de huevos de gallina de origen boliviano, sin
contar con documentación de respaldo.; Res. Ex. N° 986 de fecha 28/07/2025, de esta Dirección
Regional, que, en el Orden Sanitario, Ordena la Destrucción de los Productos.; Acta de
destrucción de fecha 28/07/2025; Certificado de no comparecencia del denunciado.; El infome de
Protección Pecuaria.; Que, conforme a los antecedentes reunidos y a la ponderación antes
señalada, se considera que el denunciado ha infringido lo dispuesto en el decreto exento N°
510/2016 del Ministerio de Agricultura, que Habilita Puertos Para la Importación de Mercancías
Sujetas a Revisión del Servicio Agrícola y Ganadero, y deroga decreto N° 156 Exento, de 1998;
DFL RRA N° 16 de 1963, Sobre Protección y Sanidad animal; la Resolución Exenta N° 2.224 de
12 de abril de 2021 de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que modifica la
resolución exenta N° 3.138 de 28 de octubre de 1999, que Establece Requisito de Habilitación
Para Establecimientos de Producción Pecuaria que Deseen Exportar Animales o sus Productos a
Chile; Resolución N° 1.559/1995 de la Dirección Nacional de SAG, que fija exigencias
sanitarias para la Internación de Huevos para consumo; por lo que se procederá a aplicar sanción.
Resuelvo: 1.- Aplíquese a don Alfredo Fabian Tola una multa de 40 UTM, vigentes a la fecha de
pago; 2.- Páguese en cualquier Oficina SAG a nivel nacional; 3.- El infractor podrá pedir al
Director Nacional la revisión de esta Res. dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde su
notificación. Firma: Álvaro Alegría Matus, Director Servicio Agrícola y Ganadero, Región de
Arica y Parinacota.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Organismo
MINISTERIO DE AGRICULTURA