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Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Antofagasta NOTIFICACIÓN Resolución exenta N° 144, febrero 7 de 2026;

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MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región de Antofagasta NOTIFICACIÓN Resolución exenta N° 144, febrero 7 de 2026; Vistos: Ley N° 18.755; ley N° 19.880; decreto ley N° 3.557; resoluciones exentas N° 447, de 2022 y N° 2.633 de 2024, N° 2.633 y 2.631, de la Dirección Nacional del SAG; resolución exenta N° 313, Dirección Regional del SAG; Considerando: 1. Acta de Denuncia y Citación N° 02001514, 7 junio 2025 cursada a Alix Yasrnin Muñoz Cuaspud, cédula de identidad extranjero N° 25.252.757-5, nacionalidad colombiana, domicilio no encontrado, que indica: Al momento de la inspección se le pregunta si lleva algún productos de origen vegetal o animal a lo cual la señora Alix Muñoz responde que no y se le encuentra en su maleta 2 salchichones. Salchichones 1,805 kg; 2. Que, a fojas 3 rola Declaración Jurada Conjunta suscrita por la denunciada quien declara no portar productos; 4. Que a fojas 6 consta que la denunciada no concurrió a prestar declaración; 7. Que, el artículo 29 de la ley N° 18.755, define el objeto del SAG; 8. Que, el artículo 32 de la misma Ley dispone las atribuciones del SAG; 9. Que, el artículo 21 del DL N° 3.557 consigna la obligación de quienes ingresan al país de declarar bajo juramento en formularios especiales, el portar productos de origen animal o vegetal; 10. Que el mismo artículo 21 indica que quien faltare a la verdad en su declaración será sancionado con multa, sin perjuicio, de las demás medidas que pueda adoptar la autoridad sanitaria; 11. Que al no concurrir la denunciada a prestar declaración y atendida la presunción que recae sobre la denuncias realizadas por los funcionarios, se concluye que no existe controversia, y por acreditada la infracción; 12. Que, analizados los antecedentes conforme a las reglas de la sana crítica, se concluye existe infracción al artículo 21 del DL 3.557 y sancionado en el artículo 42 inciso segundo de la misma disposición. Resuelvo: 1. Aplíquese a Alix Yasmin Muñoz Cuaspud multa de Tres (3) unidades tributarias mensuales; 2. Notifíquese la resolución vía publicación en Diario Oficial; 3. Deberá pagar la multa en plazo de diez días desde que se encuentre ejecutoriada la resolución en dinero efectivo o mediante transbank o red compra, en días lunes a viernes, horario de 09:00 am a 14:00 pm en oficinas del Servicio; 4. Si no realiza pago de multa o si celebrándose un convenio , adeudare dos o más cuotas consecutivas, el total de la multa o remanente de pago pasara a la Tesorería General de la República para su cobro; 5. Podrá pedir revisión ante el Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; 6 Podrá pedir cuotas para pagar ante el Director Regional.- Cristian Poblete Palma, Director Regional SAG de Antofagasta. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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