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Avendaño con bar mañío spa” y con fecha diez de junio
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NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT: C-2231-2026, RUC: 25-4-0649737-5, caratulada “AVENDAÑO CON BAR MAÑÍO
SpA” y con fecha diez de junio de dos mil veintiséis, se ordenó notificar a las demandadas BAR
MAÑÍO SpA, RUT N° 76.526.843-5; INVERSIONES MSC LTDA., RUT N°
76.284.204-1; INVERSIONES MRM SpA, RUT N° 76.914.192-8; INVERSIONES PATRA
SpA, RUT N° 76.282.009-9; PURO CHOCOLATE S.A., RUT N° 76.255.713-4, e
INVERSIONES MSC SpA, RUT N° 76.459.758-3, todas representadas por don MATÍAS
JAVIER SAAVEDRA CONCHA, cédula de identidad N° 13.231.792-5, la presente resolución
conjuntamente con la liquidación del crédito de fecha 4 de junio de 2026. Requerimiento:
“Santiago, diez de junio de dos mil veintiséis. Requiérase a don MATÍAS JAVIER SAAVEDRA
CONCHA, en representación de BAR MAÑÍO SpA, en representación de INVERSIONES MSC
LTDA., en representación de INVERSIONES MRM SpA, en representación de INVERSIONES
PATRA SpA, en representación de PURO CHOCOLATE S.A. y en representación de
INVERSIONES MSC SpA para que dentro del plazo de cinco días establecido en el artículo 466
del Código del Trabajo, pague a doña MARY ANDREÍNA AVENDAÑO GUTIÉRREZ, o a
quien sus derechos represente, la suma de $17.645.243 (diecisiete millones seiscientos cuarenta y
cinco mil doscientos cuarenta y tres pesos), más reajustes, intereses y costas. La liquidación del
crédito deberá notificarse por carta certificada a las partes, la que se tendrá por aprobada si en el
plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que dispone el artículo 469 del Código del
Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación se notificará el requerimiento al demandado, quien
tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones de conformidad a lo previsto en el
artículo 470 del Código del Trabajo. En virtud de los principios de celeridad y de oficialidad,
consagrados en el artículo 425 del Código del Trabajo, en relación al artículo 465 del mismo
cuerpo legal, se decretan las siguientes diligencias: 1) Ofíciese a la Tesorería General de la
República para los efectos de proceder a la retención a que se refiere el artículo 467 del Código
del Trabajo, hasta por la suma de $17.645.243 (diecisiete millones seiscientos cuarenta y cinco
mil doscientos cuarenta y tres pesos). 2) A través de la vía que se encuentra autorizada para el
efecto, el funcionario habilitado del tribunal deberá obtener e incorporar a la presente causa la
información que se registre en la Comisión para el Mercado Financiero, relativa a las entidades
bancarias y financieras en que mantengan acreencias las demandadas. 3) Asimismo, a través de
la vía que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal deberá
obtener e incorporar a la presente causa información que se registre en el Registro de Vehículos
Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativa a inscripción de vehículos a
nombre de las demandadas. Asimismo, atendido que, de la revisión de los antecedentes
remitidos, vía interconexión, consta que la demandada fue notificada por avisos, en la fase
declarativa, y no existiendo otros antecedentes, verificándose en la especie los presupuestos
previstos en el artículo 439 del Código del Trabajo, en virtud del principio de oficialidad, se
ordena notificar a las ejecutadas BAR MAÑÍO SpA, RUT N° 76.526.843-5; INVERSIONES
MSC LTDA., RUT N°
76.284.204-1; INVERSIONES MRM SpA, RUT N°
76.914.192-8; INVERSIONES PATRA SpA, RUT N° 76.282.009-9; PURO CHOCOLATE
S.A., RUT N° 76.255.713-4, e INVERSIONES MSC SpA, RUT N° 76.459.758-3, todas
representadas por don MATÍAS JAVIER SAAVEDRA CONCHA, la presente resolución y
liquidación del crédito, mediante publicación de un aviso en el Diario Oficial, y de acuerdo a un
extracto que redacte el ministro de fe del Tribunal. RIT: C-2231-2026, RUC: 25-4-0649737-5.
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Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien
suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago, a diez de junio de dos mil veintiséis, se
notificó por el estado diario la resolución precedente.” Liquidación: Practicada por el Tribunal
con fecha 4 de junio de 2026 y que arroja la suma de $17.645.243. Santiago, once de junio de
dos mil veintiséis. RIT: C-2231-2026, RUC: 25-4-0649737-5.- Paola Milagros Guerra Quijada,
Jefa de Unidad de Causas y Liquidaciones.
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