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Juzgado de Letras y Garantía de la Unión, Rol C-124-2025, "banco de Chile con Inversiones Valle Verde Spa”, Demanda Ejecutiva de Desposeimiento. Se Presentó con Fecha 6 de Mayo de 2026 Juan Carlos Alt
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NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras y Garantía de La Unión, Rol C-124-2025, "Banco de Chile con
Inversiones Valle Verde SpA”, demanda ejecutiva de desposeimiento. Se presentó con fecha 6 de
mayo de 2026 Juan Carlos Alt Hayal, abogado, en representación de Banco de Chile, sociedad
anónima del giro de su denominación, ambos con domicilio en calle O'Higgins Nº 485 oficina
301 de Osorno, en autos sobre desposeimiento caratulados “Banco de Chile con Inversiones
Valle Verde SpA”, causa Rol Nº C-124-2025, a S.S. en los siguientes términos: Que en mérito de
los fundamentos que se exponen y en la representación que inviste y comparece, deduce
demanda ejecutiva de desposeimiento en contra de Inversiones Valle Verde SpA, sociedad del
giro de su denominación, representada por Ingrid Soledad Salazar Carrasco, ignora profesión u
oficio y domicilio, a fin de que se siga adelante con la presente ejecución, hasta la realización del
inmueble dado en garantía, y, consiguientemente, con su producto, se pague al Banco de Chile la
cantidad de UF 859,7456.-, más intereses convencionales y penales pactados y costas que se
devenguen en juicio. Consta que, por escritura pública de fecha 29 de noviembre de 2013,
complementada por otra de fecha 9 de diciembre de 2013, ambas extendidas ante el notario
titular de la ciudad de La Unión don Alberto Galilea Sola, que el Banco de Chile celebró un
contrato de compraventa con mutuo hipotecario plus con Ingrid Soledad Salazar Carrasco. La
garantía se extendió con el objeto de garantizar al banco el cumplimiento exacto, íntegro y
oportuno de todas las obligaciones que para ella emanaron en virtud del mutuo hipotecario que se
le otorgó en dicha escritura como asimismo y con el objeto de garantizar al Banco de Chile el
cumplimiento exacto íntegro y oportuno de todas y cualquiera obligación para con dicha entidad.
La citada garantía recayó sobre el siguiente inmueble: Propiedad ubicada en calle Diego Portales
número quinientos sesenta y uno de la ciudad y comuna de Río Bueno, que corresponde al sitio
número cincuenta y seis del plano de loteo aprobado por la ilustre Municipalidad de Río Bueno,
de una superficie aproximada de trescientos doce metros cuadrados y los deslindes especiales
que detalla la inscripción. La hipoteca a favor del Banco de Chile consta a fojas 333 Nº 181 del
Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2013, del Conservador de Bienes Raíces de Río
Bueno. El dominio rola ahora inscrito a favor de la sociedad demandada a fojas 1.104 vta., Nº
1175 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Río Bueno del año 2020.
Créditos. Consta de las escrituras públicas ya citadas que el Banco de Chile celebró un contrato
de mutuo hipotecario plus con hipoteca con cláusula general con Ingrid Soledad Salazar
Carrasco. Por el señalado contrato el Banco de Chile, dio en préstamo a la deudora
individualizada, la cantidad de 1.287,00.- unidades de fomento. La deudora se obligó a pagar a la
orden del Banco de Chile la expresada cantidad, en el plazo de 240 meses, a contar del día
primero del mes siguiente al de la fecha del contrato, por medio de igual número de dividendos,
mensuales, vencidos y sucesivos. Dichos dividendos comprenderían la amortización y los
intereses. La tasa de interés real, anual y vencida que devengaría el contrato de mutuo, sería del
5,09 por ciento anual, que se devengaría desde el día en que rigiera la obligación. El dividendo
mensual que correspondía pagar consideraría el interés devengado y además el correspondiente
monto de amortización de capital. Los referidos dividendos ascienden a 8,48.- unidades de
fomento cada uno de ellos a excepción del último que ascendería a 8,33.- unidades de fomento.
La obligada registra vencimientos de pago, de acuerdo al plan ya descrito, a partir del dividendo
Nº 115 que venció el 10 de julio de 2023. Por dicho motivo, a través de la demanda que se
enderezara ante el Juzgado de Letras de La Unión, bajo el Rol Nº C-223-2024, el Banco de Chile
procedió a acelerar el crédito y a cobrarlo en su totalidad, por la cantidad de UF 859,7456.-, más
los recargos ya mencionados, suma a que éste se encuentra reducido según las cláusulas en él
contenidas, todo más intereses pactados y costas. La aceleración aludida se realizó en los
referidos autos sobre juicio ejecutivo ya citados. Es del caso que la sociedad demandada,
Inversiones Valle Verde SpA, notificada de la gestión previa de desposeimiento, prevista por el
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