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Ante el 2º Juzgado Civil de Rancagua, autos Rol Nº C-6848-2024, caratulados “Banco de Chile con Núñez”, se ordenó notificar por avisos a la sucesión de don Manuel Antonio Núñez Sepúlveda, formada por
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NOTIFICACIÓN
Ante el 2º Juzgado Civil de Rancagua, autos Rol Nº C-6848-2024, caratulados “Banco de
Chile con Núñez”, se ordenó notificar por avisos a la sucesión de don Manuel Antonio Núñez
Sepúlveda, formada por doña Nubia Del Tránsito Galaz Vergara, don Manuel Antonio Núñez
Galaz, don Sergio Mauricio Núñez Galaz y doña Katherine Mabel Núñez Galaz, la siguiente
demanda ejecutiva de desposeimiento: José Güell Peña y Lillo, abogado, por el demandante,
Banco de Chile, ambos domiciliados para estos efectos en la forma que consta en autos, a S.S.
respetuosamente digo: Vengo en entablar demanda ejecutiva de desposeimiento en contra de la
sucesión de don Manuel Antonio Núñez Sepúlveda, formada por doña Nubia del Tránsito Galaz
Vergara, RUT 8.416.910-2; don Manuel Antonio Núñez Galaz, RUT 12.778.261-K; don Sergio
Mauricio Núñez Galaz, RUT 13.567.569-5; y doña Katherine Mabel Núñez Galaz, RUT
13.567.569-5, todos con domicilio en El Maitén Nº 72, Villa La Compañía, comuna de Graneros,
y/o en Camino Miraflores Nº 589, comuna de Codegua, y/o en Villa La Compañía Nº 170,
comuna de Graneros, todos en su calidad de copropietarios y terceros poseedores del inmueble
hipotecado, conforme a los siguientes antecedentes: I. Títulos ejecutivos y fecha de mora: El
Banco de Chile es acreedor de las siguientes obligaciones contraídas por don Manuel Antonio
Núñez Galaz, en calidad de deudor principal, documentadas en los pagarés que se individualizan:
1. Pagaré Nº 003439: Suscrito el 6 de agosto de 2019, por un capital original de $ 114.415.782.-
El deudor se obligó a restituir el capital en siete cuotas anuales y sucesivas: seis de $16.245.112.-
y una última de $16.345.110.-, venciendo la primera el 6 de agosto de 2021 y la última el 6 de
agosto de 2027. Tasa mensual de interés de 0,58%. El no pago oportuno facultó al acreedor para
hacer exigible de inmediato el saldo total adeudado. El deudor incurrió en mora al no pagar la
cuota Nº 4, con vencimiento el 7 de agosto de 2023, haciendo el Banco exigible la totalidad del
empréstito. Adeuda por concepto de este pagaré la suma de $81.725.558.- por concepto de
capital. Esta obligación es cobrada actualmente en los autos caratulados "Banco de Chile con
Núñez Galaz", Rol C-4615-2024, ante el 1º Juzgado Civil de Rancagua. 2. Pagaré Nº
000000118226: Suscrito por don Manuel Antonio Núñez Galaz por un capital original de
$31.641.850.-, a una tasa de interés mensual del 1,80%. Capital e intereses se pagarían en 60
cuotas mensuales: 59 cuotas de $880.632.- y una última de $880.645.-, venciendo la primera el
1º de febrero de 2023 y la última el 3 de enero de 2028. La mora facultó al Banco para exigir el
pago total de la deuda. El deudor pagó hasta la cuota Nº 6 inclusive e incurrió en mora al no
pagar la cuota Nº 7 con vencimiento el 1º de agosto de 2023, restando un saldo de capital de
$30.078.002.-. Esta obligación es cobrada en autos "Banco de Chile con Núñez Galaz", Rol
C-9672-2023, ante el 1º Juzgado Civil de Rancagua. II. Monto adeudado a la fecha de la mora:
El deudor principal adeuda al Banco de Chile, por concepto de los pagarés antes señalados, por
cuotas impagas y en virtud de las cláusulas de aceleración, la suma total de $111.803.560.- por
concepto de capital, más intereses convencionales devengados y penales. III. Ejecutividad de los
títulos: Las obligaciones constan de títulos ejecutivos perfectos conforme al artículo 434 Nº 4 del
CPC, en relación con el artículo 11 de la Ley Nº 18.092, por cuanto las firmas fueron autorizadas
por notario público, son líquidas, actualmente exigibles y no se encuentran prescritas. IV.
Garantía hipotecaria: A fin de caucionar las obligaciones de don Manuel Antonio Núñez Galaz
con el Banco de Chile, se constituyó hipoteca con cláusula de garantía general sobre el inmueble
consistente en: Parcela número setenta y dos, con una ochenta y nueveava parte $(1/89)$ en los
Bienes Comunes Generales Uno y Dos, y una veinticuatro ava parte $(1/24)$ en el Bien Común
Especial Número Uno, todos del Proyecto de Parcelación El Maitén, comuna de Graneros,
Provincia de Cachapoal. El inmueble se encuentra reinscrito a nombre de la sucesión de don
Manuel Antonio Núñez Sepúlveda a fojas 5.509 Nº 4.352 del Registro de Propiedad del año
2024 del CBR de Graneros, y la hipoteca se encuentra reinscrita a fojas 1.568 Nº 1.192 del
Registro de Hipotecas y Gravámenes del año 2024 del mismo Conservador. V. Procedencia del
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