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Ante el 5° Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos N° 1409 piso 2, Santiago, por resolución judicial de fecha 9 de junio de 2026, dictada en los autos caratulados “Banco Itaú Chile/Arenas”, Causa ROL: C-
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NOTIFICACIÓN
Ante el 5° Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos N° 1409 piso 2, Santiago, por resolución
judicial de fecha 9 de junio de 2026, dictada en los autos caratulados “Banco Itaú Chile/Arenas”,
Causa ROL: C-11504-2025, se ha ordenado notificar la demanda a Christian Wladimir Arenas
Camaño, RUN N° 10.561.204-4, del siguiente tenor: en lo principal: demanda ejecutiva y
mandamiento de ejecución y embargo. En el primer otrosí: acompaña documentos y solicita
custodia. En el segundo otrosí: se tenga presente cuantía. En el tercer otrosí: personería. En el
cuarto otrosí: señala bienes para el embargo. En el quinto otrosí: se tenga presente. En el sexto
otrosí: se tenga presente. En el séptimo otrosí: cambio de nombre. En el octavo otrosí: patrocinio
y poder. Luis Felipe Abogabir Said, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N°
6.362.280-K, fabogabir@legalfas.cl y Miguel Oyarzún Villalón, chileno, casado, abogado,
cédula nacional de identidad N° 16.434.025-2, moyarzun@legalfas.cl actuando indistintamente
uno cualquiera, ambos con domicilio en Enrique Foster Sur 39, piso 2, Comuna de Las Condes,
Región Metropolitana, en representación convencional, en sus calidades de mandatarios
judiciales, de Banco Itaú Chile, sociedad anónima bancaria, RUT N° 97.023.000-9, cuyo Gerente
General y Representante Legal es don André Carvalho Whyte Gailey, abogado, cédula de
identidad de extranjero N° 48.225.574-4, ambos con domicilio en Presidente Riesco N° 5.537,
piso 20, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, a US., respetuosamente digo: que vengo
en entablar demanda ejecutiva, de conformidad a los artículos 434 N° 2°, 437, 438, 443 del
Código de Procedimiento Civil, leyes números 18.010, 18.092 y 19.951, y demás pertinentes, en
contra de don Christian Wladimir Arenas Camaño, chileno, casado y separado totalmente de
bienes, ingeniero de ejecución en informática, cédula nacional de identidad N° 10.561.204-4, en
su calidad de deudor principal, con domicilio en Calle Santa Brígida N° 3335, comuna de La
Florida, Región Metropolitana y/o Departamento N° 601, con acceso por Avenida Inglaterra N°
1144, comuna de Independencia, Región Metropolitana; basado en las siguientes consideraciones
de hecho y derecho que paso a exponer: Los hechos en que se funda la demanda son los
siguientes:.- Mutuo Hipotecario, Operación N° 02049348. Por escritura pública de fecha 5 de
febrero de 2016, otorgada ante la Notaria Pública de don Rene Benavente Cash, cuya copia
autorizada se acompaña en un otrosí de esta demanda, Banco Itaú Chile otorgó al ejecutado
mutuo hipotecario por un importe de UF 1.474.- conforme consta en la cláusula Sexta del citado
instrumento, cuyas estipulaciones se dan por expresamente reproducidas. La parte deudora se
obligó a pagar la referida suma mediante 300 cuotas mensuales, vencidas y sucesivas, a contar de
primer día hábil del mes siguiente al de la fecha de inscripción de la primera hipoteca. Se señaló
que el capital adeudado devengaría una tasa de interés real, anual y vencida del 4,43% anual
conforme se desprende de la cláusula Séptima de la misma escritura citada, cuyos términos se
dan por reproducidos en esta demanda. Las demás condiciones del crédito constan de la misma
escritura citada, cuyos términos se dan por enteramente reproducidos. Según consta en la
cláusula Octava del referido contrato, el ejecutado constituyó hipoteca de Primer Grado e
hipoteca de Segundo grado en favor de Banco Itaú Chile, para asegurar el cumplimiento exacto,
íntegro y oportuno de todas y cada una de las obligaciones que se establecen en el citado
instrumento, así como también todas las obligaciones que tenga el ejecutado al presente y
aquellas que contraiga a futuro, sobre la propiedad ubicada en: Departamento N° 601 del 6° piso
y la Bodega N° B42 del 1° piso, todos del Edificio o Torre B Dos perteneciente al Conjunto
Habitacional “Nueva Inglaterra”, con acceso por Avenida Inglaterra N° 1144, comuna de
Independencia, Región Metropolitana. Se comprende el derecho de uso y goce exclusivo del
Estacionamiento N° E21 del 1° piso del mismo edificio, así como también los derechos de
dominio, uso y goce sobre los bienes que se reputan comunes. El inmueble se encuentra inscrito
a fojas 26.729 número 38.378 del año 2016 en el Registro de Propiedad del Conservador de
Bienes Raíces de Santiago. Las referidas hipotecas se encuentran inscritas en el Registro de
Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Santiago de 2016. De
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