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Ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409, décimo primer piso, en autos caratulados "Banco Santander-Chile con Carrera Jofré", Rol Nº C-18711-2024, demanda ejecutiva por resolu
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NOTIFICACIÓN
Ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409, décimo primer piso,
en autos caratulados "Banco Santander-Chile con Carrera Jofré", Rol Nº C-18711-2024,
demanda ejecutiva por resolución de diez de junio de dos mil veintiséis, se ha ordenado
notificación de la demanda y requerimiento de pago a la ejecutada mediante tres avisos
publicados en un diario de libre circulación y uno en el Diario Oficial. En lo principal: Demanda
en juicio ejecutivo de obligación de dar y solicita se despache mandamiento de ejecución y
embargo. Primer Otrosí: Acompaña documentos, con citación. Segundo Otrosí: Señala bienes
para la traba de embargo y depositario. Tercer Otrosí: Acredita personería y acompaña
documento, con citación. Cuarto Otrosí: Solicita exhorto. Quinto Otrosí: Se tenga presente.
Comparece doña Pamela Bueno Rojas, domiciliada calle Ahumada Nº 254, oficina 502, comuna
de Santiago, en mi calidad de mandataria judicial y en representación del Banco Santander-Chile,
sociedad anónima bancaria, representada legalmente por don Román Blanco Reinosa, en su
calidad de gerente general, ambos domiciliados en calle Bandera Nº 140, Santiago, y expone:
Según da cuenta la escritura pública de fecha 28 de abril de 2023, suscrita ante el Notario
Público de Santiago, don Gerardo Andrés Carvallo Castillo, Cuadragésima Quinta Notaría de
Santiago, mi representada Banco Santander-Chile, dio en mutuo hipotecario al demandado
doña Carolina Tatiana Carrera Jofré, ya individualizada y con objetivo de financiar la
adquisición de un inmueble, la suma en dinero equivalente a 2.400 Unidades de Fomento, en
adelante también UF, por su equivalente en pesos moneda legal a la fecha de la escritura. La
deudora se comprometió a pagar a mi representada la expresada cantidad de 2.400 UF, en el
plazo de 360 meses por medio de igual número de dividendos o cuotas mensuales, vencidas y
sucesivas que comprenderán capital e intereses o solamente intereses según al periodo al que
correspondan. La tasa de interés real, anual y vencida que devenga dicho mutuo es de 4,5%, los
intereses se adeudarían desde la fecha del desembolso del crédito. Considerando que las cuotas
son vencidas, la primera se deberá pagar el día uno del mes subsiguiente a la fecha en que se
efectuó el desembolso del crédito, salvo que el deudor haya solicitado meses de no pago inicial,
en cuyo caso el primer dividendo se deberá pagar el primer día del mes subsiguiente después de
haber transcurrido al periodo de no pago inicial solicitado y las restantes del primer día de los
meses siguientes. Sin perjuicio de lo ya señalado, el demandado optó por no pagar las primeras
seis cuotas o dividendos del préstamo, considerando el pago del impuesto correspondiente. En
mérito de esta opción el préstamo se pagará en 354 cuotas efectivas, de periodicidad mensual,
igual, vencida y sucesiva de 12,533 UF, que comprenden capital e intereses, o solamente
intereses según el periodo que correspondan. Las demás condiciones del crédito constan de la
misma escritura citada, las que se dan por expresamente reproducidas. Para garantizar las
obligaciones emanadas de mutuo antes referido y de toda y cualquier obligación doña Carolina
Tatiana Carrera Jofré, mediante el instrumento aludido, constituyó en favor del Banco
Santander-Chile, hipoteca de primer grado sobre el inmueble correspondiente al "Departamento
221, de la planta del segundo piso del Edificio F del Condominio San Alberto, Parque Padre
Hurtado, segunda etapa, con acceso general por Avenida Santa Herminia Nº 140, comuna de
Padre Hurtado, Región Metropolitana". Se incluyen en la venta y se asigna el derecho de uso y
goce exclusivo del estacionamiento número E 50 de la planta del primer piso del mismo
Condominio, que corresponde a la primera etapa (conforme a escritura de rectificación de fecha
31 de Julio del año 2023). La referida hipoteca se inscribió a fojas 1.143 V Nº 1256 del Registro
de Hipotecas del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor del año 2023. El dominio del
inmueble se encuentra inscrito a nombre de la demandada doña Carolina Tatiana Carrera Jofré, a
fojas 2.405 V Nº 2.875 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Peñaflor
del año 2023. Se constituyó asimismo prohibición de enajenar, gravar y celebrar acto o contrato
alguno relacionado con todo o parte de lo que por el referido instrumento se hipoteca a favor de
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