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Ante 1° Juzgado de Familia de San Miguel, en autos sobre cuidado personal, caratulados "Camacho con Villarroel y otro", RIT C-701-2025, presentóse Eduardo Alberto Camacho Aguirre, técnico en administr
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 1 de julio de 2026
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NOTIFICACIÓN
Ante 1° Juzgado de Familia de San Miguel, en autos sobre cuidado personal, caratulados
"Camacho con Villarroel y otro", RIT C-701-2025, presentóse Eduardo Alberto Camacho
Aguirre, técnico en administración y Rosa Ester de las Mercedes Villarroel Arriagada, dueña de
casa, ambos domiciliado en Ángel Guarrello 2640, Villa Manuel Rodríguez, comuna de Pedro
Aguirre Cerda, interponen demanda de cuidado personal a favor de su nieto Mateo León
Hinojosa Camacho en contra de su madre doña Nicole Alexandra Camacho Villarroel, empleada,
domiciliada en Ángel Guarello 2640, Villa Manuel Rodríguez, comuna de Pedro Aguirre Cerda y
en contra de su padre don Danny Gabriel Hinojosa Acosta, ignoro profesión y oficio,
domiciliado en Naranja 12503, comuna de La Florida. En mérito de lo expuesto, normas legales
que cita, pide tener por interpuesta demanda de cuidado personal a favor de Mateo Hinojosa
Camacho, acogerla a tramitación y en definitiva acceder a la demanda de cuidado personal
solicitada. Después de notificación fallida a don Danny Gabriel Hinojosa Acosta se solicita
notificación por avisos. Por resolución de fecha 15 de junio de 2026 se cita a las partes a
audiencia preparatoria para el día 108 de septiembre de 2026, a las 11,00 horas, en sala 8, a la
que deberán comparecer personalmente, patrocinadas por abogado habilitado para el ejercicio de
la profesión y representadas por persona legalmente habilitada para actuar en juicio, ubicadas en
Álvarez de Toledo N° 1020, San Miguel. La audiencia se celebrará con las partes que asistan,
afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de
ulterior notificación. Teniendo presente que la demandada Danny Gabriel Hinojosa Acosta no ha
sido legalmente notificado y atendido lo dispuesto en el artículo 54 del Código de procedimiento
Civil notifíquese al demandado mediante tres avisos publicados en un diario de circulación
nacional. Además, al tratarse de la primera gestión judicial, procédase a la inserción del aviso en
los números del Diario oficial correspondiente a los días 1° o 15° de cualquier mes, o al día
siguiente si no se ha publicado en las fechas indicadas. Apercibirse al demandado Danny Gabriel
Hinojosa Acosta a señalar nuevo domicilio dentro del radio jurisdiccional de este Tribunal, bajo
apercibimiento de notificarle las próximas resoluciones por estado diario. Extractado por el
ministro de fe del Tribunal don Juan Carlos Montiel Ruiz.- San Miguel, 15 de junio de 2026.
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