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Téngase presente delegación de poder. Se Juzgado de Letras de Lautaro, en causa RIT: O-33-2023, RUC: 23-4-0478367-K, se ordenó notificar por aviso a la demandada principal C y J CONTRATISTAS SpA, RUT
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NOTIFICACIÓN
téngase presente delegación de poder. Se
Juzgado de Letras de Lautaro, en causa RIT: O-33-2023, RUC: 23-4-0478367-K, se ordenó
notificar por aviso a la demandada principal C y J CONTRATISTAS SpA, RUT N°
77.430.411-8, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la
demanda y su proveído presentada, conforme al procedimiento ordinario laboral deducida con
fecha 28 de abril de 2023, por don Franco Emmanuel Cifuentes Henriquez, RUN N°
17.894.613-7, el que demanda indemnización de perjuicios por daño moral por accidente del
trabajo, en contra de la demandada principal C y J Contratistas SpA, y la demandada solidaria
Comasa S.A.; a razón de lo siguiente: el pago de una indemnización de perjuicios por concepto
de daño moral por accidente de trabajo que asciende a la suma de $80.000.000.- (ochenta
millones de pesos) o lo que SS., determine conforme a derecho. Que se condene a la demandada
Comasa S.A.. a responder solidaria o subsidiariamente, según US., determine, conforme al
mérito del proceso, respecto del pago de la indemnización por daño moral por el accidente de
trabajo indicada en la letra a) del petitorio, en virtud de su calidad de empresa principal, dueña de
la empresa, obra o faena, en virtud de lo dispuesto en el artículo 183-B y 183-E del Código del
Trabajo y 66 bis de la ley 16.744 y, demás normas aplicables al caso. Que se condene a las
demandadas al pago de los intereses y reajustes en conformidad al artículo 63 y 173 del Código
del Trabajo. Que se condene a las demandadas al pago de las costas del juicio. Notificación
audiencia de juicio: Lautaro, a veintiséis de mayo de dos mil veintiséis. Se da inicio a la
audiencia a través del sistema de Video Conferencia, en la plataforma Web Zoom. A los escritos
pendientes de fecha 25 de mayo de 2026, se provee: al téngase presente: téngase presente,
solicítese en su oportunidad. Al acompaña documentos: ténganse por acompañados, sin perjuicio
de ser incorporados en la etapa procesal correspondiente. Al escrito pendiente de fecha 26 de
mayo del 2026:
las partes
comparecientes. Se deja constancia de la incomparecencia de la demandada principal C y J
Contratistas SpA, percatándose este Tribunal de que no existe constancia en el expediente de su
notificación para la presente audiencia de juicio; por lo tanto, y con el objeto de evitar futuros
vicios de nulidad, y con el acuerdo expreso de los apoderados presentes. El tribunal resuelve: I.-
Que se suspende la presente audiencia, fijándose como nueva fecha para su realización el día 7
de julio de 2026, a las 13:00 horas, en la sala 1 del Tribunal, a través de videoconferencia,
conforme a los siguientes lineamientos: Utilícese la plataforma web Zoom, en la dirección WEB:
https://zoom.us/j/4901489975?pwd=RU9EdUZoMTZwaC9vY2p0UERIVzZFZz09
de
reunión: 490 148 9975// Contraseña: 431667. 2) La audiencia se efectuará con las partes que
asistan, afectándole a la que no concurran todas las resoluciones que se dicten en ella sin
posterior notificación. 3) Requiérase a cada interviniente en la videoconferencia, disponer de una
habitación o sala cerrada, a fin de asegurar la fiabilidad del audio y el normal desarrollo de la
audiencia. 4) Las partes deberán acompañar digitalmente la prueba documental, a través de la
Oficina Judicial virtual de la página del Poder Judicial (en formato PDF), a lo menos con 3 días
hábiles de anticipación a la celebración de la audiencia, para efectos de que su contraparte pueda
tener acceso a ella, revisarla y poder plantear en su caso, algún tipo de objeción, si fuera
procedente, bajo el apercibimiento dispuesto en el artículo 6º de la ley 29.886, en caso de no
haberse acompañado con anterioridad. 5) Atendido lo dispuesto en el artículo 427 bis del Código
del Trabajo, la prueba testimonial, confesional, pericial, entre otras, que requieran la
comparecencia de personas a prestar declaración y el examen o contra examen de sus dichos, se
realizará forma presencial en las dependencias del Tribunal, ubicado en calle Vicuña Mackenna
Nº 505, comuna de Lautaro. 6) Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente a las partes que, en
caso de carecer de los medios tecnológicos, se ha habilitado una sala especial, en dependencias
de este Tribunal. Notifíquese a la demandada principal mediante un aviso extractado publicado
en el Diario Oficial. Cúmplase mediante un extracto autorizado por el Ministro de Fe del
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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