Diario Oficial· publicaciones_judiciales
Segundo juzgado de letras del trabajo de santiago, merced 360, santiago. en autos rit: o-7381-2025, ruc: 25-4-0723614-1, caratulados enciso/jh rrhh limitada, se ha ordenado notificar por avisos lo sig
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 1 de julio de 2026
Texto del documento
NOTIFICACIÓN
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360,
Santiago. En autos RIT: O-7381-2025, RUC: 25-4-0723614-1, caratulados ENCISO/JH RRHH
LIMITADA, se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA:
JOSÉ MESÍAS ENCISO GRAJALES, colombiano, cédula de identidad 27.739.473-1,
domiciliado en Oidor Rivera 8520 B, comuna de Pudahuel, a S.S., digo: En tiempo y forma de
acuerdo al mandato de los artículos 73, 159, 162, 168, 169, 423, 496 y 499 del Código del
Trabajo, interpongo demanda en procedimiento de aplicación general, de declaración de unidad
económica, despido verbal, injustificado, nulidad del despido, y cobro de prestaciones, en contra
de mi exempleadora “H SERVICIOS SpA”, RUT 77.363.575-7, sociedad comercial del giro de
su denominación; acción que también se entabla respecto de las sociedades “JH SEGURIDAD
SpA”, RUT 76.727.551-K, y “JH RRHH SERVICIOS LTDA.”, RUT 76.407.129-8. Por tratarse
de la misma empresa, grupo empresarial, que constituyen una 3 unidad económica, todas del giro
de prestación de servicios en seguridad privada, y todas representadas legalmente por don
HERALDO DEL TRÁNSITO TAPIA VILLA, cédula de identidad 12.360.847-K, factor de
comercio, domiciliados en calle Romero 2928, comuna de Santiago; con el fin que sean
condenadas en forma conjunta, separada y/o indistintamente, al pago de las prestaciones que se
indicarán. Además, solidariamente se extiende la acción en contra de “INMOBILIARIA E
INVERSIONES PLAZA LINCOLN SpA”, RUT 76.538.156-8, del giro su denominación,
representada según el inciso 1º del artículo 4º por don WEIXIN GU, RUT 21.463.896-7, todos
domiciliados en Lincoln 3158, Comuna de Santiago, en virtud de los antecedentes de hecho y de
derecho que a continuación pasaré a exponer: Inicio de la relación laboral: 1 de octubre de 2021.
Fecha del despido: 22 de julio de 2025. Remuneración: $848.724. Las demandadas constituyen
una sola entidad o empresa para efectos laborales, por cuanto todas comparten el mismo giro, el
mismo domicilio y tienen una única dirección, además de estar societariamente relacionadas.
Conforme a lo expuesto, es que las demandadas son conocidas por sus trabajadores, clientes y
proveedores como una sola empresa, concurriendo las condiciones establecidas en el artículo 3º
del Código del Trabajo. No obstante, debo hacer presente que se escrituró mi contrato por “H
SEGURIDAD SpA” y por “JH SEGURIDAD SpA”, pero en los hechos y en la realidad
presté servicios para las 3 demandadas. Considerando que las demandadas configuran una sola
unidad económica, y a fin de resguardar los principios que inspiran la legislación laboral, cabe
concluir que las demandadas deben concurrir indistintamente al pago de las prestaciones que en
derecho correspondan. En efecto, la situación descrita las demandadas la utilizan como un
subterfugio, por lo que deben responder solidariamente al pago que en derecho corresponda, ya
que el uso de razones sociales distintas lo utilizan con el fin de eludir y burlar disposiciones
legales en total perjuicio de los trabajadores. En subsidio y para el caso que el tribunal estime
que no concurren las condiciones para considerar a las demandas como un solo empleador,
solicito tener por interpuesta demanda solo en contra de “H SEGURIDAD SpA”, con la cual
escrituré mi último contrato. Con fecha 1 de octubre de 2021 ingresé a prestar servicios bajo
dependencia y subordinación en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo para la
empresa “JH Seguridad SpA”, RUT 76.997.008-8, domiciliada en calle Romero 2928, comuna
de Santiago; obligándome finalmente a cumplir labores como guardia de seguridad (Monitoreo
de Seguridad) para las demandadas, en las bodegas pertenecientes a su cliente y mandante
“INMOBILIARIA E INVERSIONES PLAZA LINCOLN SpA”, ubicadas en Lincoln 3158,
comuna de Santiago. 5 Mi exempleador en marzo de 2022, modificó unilateralmente mi contrato
de trabajo, y me hizo firmar un nuevo contrato, esta vez para la empresa “H Seguridad SpA”,
RUT 77.363.575-7, empresa que tiene el mismo representante legal y que también comparte el
domicilio en calle Romero 2928, comuna de Santiago, hasta la fecha de mi despido con fecha 22
de julio de 2025. Es así que el día 22 de julio de 2025, a solicitud de mi empleador me presenté
en la oficina central de la demandada, en calle Romero 2928, comuna de Santiago, con la
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)