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Causa rit m-35-2026 juzgado del trabajo iquique en causa rit m-35-2026 del juzgado del trabajo de iquique, se ordenó la notificación por aviso de la siguiente demanda y resoluciones a la demandada iba

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NOTIFICACIÓN CAUSA RIT M-35-2026 JUZGADO DEL TRABAJO IQUIQUE En causa RIT M-35-2026 del Juzgado del Trabajo de Iquique, se ordenó la notificación por aviso de la siguiente demanda y resoluciones a la demandada IBA SERVICIOS GENERALES Y PROFESIONALES SPA. RUT 77.152.338-2. DEMANDA Comparece ANAÍS ESTEILE DE MARCANO, auxiliar aseo, domicilio Cautín Nº 2884, Iquique. Interpone demanda procedimiento monitorio por despido injustificado, nulidad despido y cobro prestaciones e indemnizaciones contra IBA SERVICIOS GENERALES Y PROFESIONALES SPA., Rut 77.152.338-2, representada por José Carlos Ibacahe Urquieta, profesión u oficio, todos con domicilio Esmeralda Nº 626, Oficina 1102, Edificio Contadores, Iquique, y en forma solidaria o subsidiaria en su caso, contra FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL DE TARAPACÁ (FOSIS), representada por directora regional, Jenny Rojas Muñoz, ambos domicilio Arturo Fernández Nº 1091, Iquique, en base a: A.- ANTECEDENTES RELACIÓN LABORAL: A.- ANTECEDENTES RELACIÓN LABORAL: 1.- Comencé a prestar servicios el 16 de diciembre de 2023, como “auxiliar de aseo”, bajo subordinación y dependencia, labores que desempeñé en FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSIÓN SOCIAL (FOSIS). Contrato era indefinido. 2.- Jornada de trabajo de 37,5 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 13:00 a 15:00 hrs. y de 15:30 a 20:00 hrs. y sábados de 09:00 a 14:00 hrs. Remuneración mensual promedio $699.095. B.- DESPIDO: El 22 de noviembre de 2025 se me comunicó por directora de Fosis, doña Jenny Rojas Muñoz que mi empleador ya no trabajaba más, había “perdido la licitación”. Esto fue confirmado ese día por señor Ibacache Urquieta. fui separada de mi trabajo el 22 de noviembre 2025, tras un despido sin expresión de causa y sin que se me comunicara en forma legal. C.- RECLAMO INSPECCIÓN DEL TRABAJO: 02 de diciembre de 2025, citada el 11 de diciembre de 2025. Mi empleadora no se presentó. DESPIDO INJUSTIFICADO. 1.- Despedida el 11 de noviembre de 2025, sin que se cumpliera con formalidades establecidas en artículo 162. NULIDAD DESPIDO. Demandado no cumplió su obligación de enterar en arcas de entes gestores las cotizaciones de seguridad social, adeudándome las correspondientes al periodo febrero a noviembre de 2025. Así, despido de que fui objeto es además nulo. E.- PRESTACIONES DEMANDADAS: 1.- indemnización inciso cuarto del artículo 162, la de incisos primero o segundo artículo 163, según correspondiere, con recargo que artículo 168 letra b) 2.- remuneraciones correspondientes a días trabajados en noviembre de 2025. 3.- Feriado legal proporcional. E.- TRABAJO EN REGIMEN DE SUBCONTRATACIÓN Y RESPONSABILIDAD SOLIDARIA: Presté servicios para demandada principal, como “auxiliar de aseo”, ello en las dependencias de Fondo De Solidaridad E Inversion Social De Tarapaca (FOSIS), todo ello en las condiciones señaladas en el inciso primero del artículo 183-A del Código del Trabajo. F.- PETICIONES CONCRETAS: declarar que despido de que fui objeto es injustificado y nulo, que relación laboral terminó por aplicación de causal artículo 161 inciso 1º Código del trabajo, que me desempeñé en régimen de subcontratación respecto de la demandada solidaria ya individualizada y que se me adeuda: 1.- $699.095.- indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- $1.398.190.- indemnización por 1 año y fracción superior a 6 meses de labores. 3.- $699.095.- recargo del 50% sobre Indemnización por años de servicios. 4.- $512.669.- remuneraciones por días trabajados en noviembre 2025. 5.- $ 407.805.- feriado proporcional. 6.- Remuneraciones que se devenguen entre la fecha del despido y la fecha de pago efectivo de las cotizaciones de seguridad social. lo demandado asciende a $3.716.854.-, o suma que Us. determine conforme a derecho, más sueldos se devenguen entre fecha de despido y su convalidación, más intereses y reajustes, costas. POR TANTO; RUEGO A US., se sirva tener por interpuesta demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado, nulidad despido y cobro prestaciones e indemnizaciones contra IBA SERVICIOS GENERALES Y PROFESIONALES SPA., y en forma solidaria o subsidiaria en su caso, contra FONDO DE SOLIDARIDAD E INVERSION SOCIAL DE TARAPACÁ (FOSIS), tramitarla y acogerla, Sitio Web: www.diarioficial.cl declarando que despido de que fui objeto es injustificado y nulo, que relación laboral terminó por aplicación de causal artículo 161 inciso 1º Código del trabajo, que me desempeñé en régimen de

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