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Servicios habitacionales icge limitada" y con f
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NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950 piso 7, en
causa RIT: C-1923-2026 RUC: 25-4-0646374-8 caratulada "GONZÁLEZ/SERVICIOS
HABITACIONALES ICGE LIMITADA" y con fecha ocho de junio de dos mil veintiséis, se
ordenó notificar a la demandada RO MARKETING SPA, RUT 77276021-3, representada por
don CRISTIAN ALFREDO ÁVILA TORO, cédula de identidad N° 14190834-0, la presente
resolución conjuntamente con la liquidación del crédito de fecha 02 de junio de 2026.
Requerimiento: "Santiago, ocho de junio de dos mil veintiséis. Requiérase a don CRISTIAN
ALFREDO ÁVILA TORO, en representación de RO MARKETING SPA y a don RODRIGO
MAXIMILIANO ÁVILA TORO en representación de SERVICIOS HABITACIONALES ICGE
LIMITADA, para que dentro del plazo de cinco días establecido en el artículo 466 del Código
del Trabajo, solidariamente paguen a doña MYRIAM ELIZABETH GONZÁLEZ ANDRADE, o
a quién sus derechos represente, la suma de $92.252.339 (noventa y dos millones doscientos
cincuenta y dos mil trescientos treinta y nueve pesos), más reajustes, intereses, costas y las
demás remuneraciones post despido que se generen en virtud de lo dispuesto en los incisos 6° y
7° del artículo 162 del Código del Trabajo. La liquidación del crédito se tendrá por aprobada si
en el plazo de cinco días no fuere objetada en los términos que dispone el artículo 469 del
Código del Trabajo. Notifíquese al efecto por carta certificada al demandante y a la demandada
SERVICIOSHABITACIONALES ICGE LIMITADA. Asimismo, junto con la liquidación se
notificará el requerimiento a la demandada, quien tendrá el plazo de cinco días para oponer las
excepciones de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. Atendido el
examen vía interconexión de la carpeta electrónica de la causa RIT 0-1010-2025, seguida ante el
Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, y estimándose que se reúnen en la especie
las exigencias procesales contempladas en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil y
artículo 439 del Código del Trabajo, notifíquese mediante aviso la liquidación del crédito de
fecha 02 de junio de 2026 y el presente requerimiento a la demandada, RO MARKETING SPA,
representada legalmente por don CRISTIAN ALFREDO ÁVILA TORO. La demandada antes
individualizada se tendrá por requerida de pago en la fecha de publicación del aviso, para cuyo
efecto, el Ministro de Fe del Tribunal deberá confeccionar su texto, y se publicará por una vez en
el Diario Oficial; circunstancia ésta de la que deberá dejarse constancia en autos. Para los efectos
de realizar la consignación mediante depósito en el banco antes mencionado, la parte puede
obtener el cupón de pago ingresando al sitio del Poder Judicial www.poderjudicial cl, sección
CUPÓN DE PAGO, en que debe identificarse la causa y seleccionar el medio de pago en las
siguientes alternativas: 1.- Obteniendo cupón de pago y pagar en oficinas del BancoEstado. 2.-
Accionar el botón de BANCO ESTADO y trasferir desde cuenta del mismo banco. 3.- Usar
botón Tesorería General de la República para por este medio transferir desde cuenta de cualquier
entidad bancaria que se ofrece en el sistema. En el evento de efectuarse consignación a través de
transferencia electrónica, se debe tener presente que el R.U.T. del tribunal es el número
61.978.490-1, debiendo remitirse al tribunal a través del correo notifica jcob santiago@pjud.c1 el
respectivo comprobante mencionándose el R.I.T. de la causa, ello para los efectos de regularizar
el registro de consignación en la misma. Sin perjuicio de lo precedentemente resuelto, atendido
que la ejecutada ha sido condenada al pago de remuneraciones post despido mientras no se
convalide el mismo, y estimándose, en consecuencia, necesario, contar con los antecedentes que
permitan determinar el estado de pago de la cotizaciones adeudadas, ofíciese a AFP HÁBITAT,
a ISAPRE COLMENA y a AFC CHILE, a fin de que remitan certificado histórico de
cotizaciones de seguridad social de doña MYRIA1VI ELIZABETH GONZÁLEZ ANDRADE
R.U.T. 15417935-6, debiendo señalar la fecha de pago de las cotizaciones, entidad pagadora y
renta imponible. RIT: C-1923-2026 RUC: 25-4-0646374-8 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de
Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Santiago a ocho de junio de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución
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