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Empresa sur ultra servicios integrales de aseo lim

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NOTIFICACIÓN Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, se ha presentado demanda originando causa RIT M-1891-2025 RUC 25-4-0738487-6 caratulada “JIMENEZ/EMPRESA SUR ULTRA SERVICIOS INTEGRALES DE ASEO LIMITADA”, que en forma extractada indica: LINA MARCELA JIMENEZ MOSQUERA, auxiliar de aseo, con domicilio en Penco, calle Central N° 266, Cerro Verde Bajo, a S.Sa. digo: En tiempo y forma, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 171, 162, 163, 168, 183 A y siguientes, 425, 432, 496 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, demando en procedimiento monitorio, por despido indirecto, nulidad del despido, cobro de indemnizaciones y prestaciones, a la sociedad EMPRESA SUR ULTRA SERVICIOS INTEGRALES DE ASEO LIMITADA, del giro otras actividades de limpieza de edificios e instalaciones industriales, otras actividades de servicios de apoyo a las empresas, representada de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 4º del Código del Trabajo por don ROBINSON HUMBERTO DURÁN MORALES, empresario, o por quien lo represente o subrogue en virtud de dicho artículo, ambos con domicilio en PROVIDENCIA, CALLE LUIS THAYER OJEDA N° 0191 y, a la compañía BIONET S.A., del giro actividades de laboratorios clínicos y bancos de sangre, representada por don ENRIQUE ALBERTO DURÁN DURÁN, ingeniero comercial, o por quien lo represente o subrogue en virtud de lo previsto en la precitada norma, ambas con domicilio en CONCEPCIÓN, CALLE CAUPOLICÁN N° 230, la última es demandada en su calidad de solidaria o en su defecto subsidiariamente responsable -para el caso que hubiere ejercido sus derechos legales- de las obligaciones laborales y previsionales de dar que correspondan a la primera, en virtud de lo que dispone el artículo 183 B del Código del Trabajo, que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, en base a los fundamentos de hecho y de derecho que expongo: A. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: 1.- El 01 de junio de 2024, fui contratada bajo vínculo de subordinación y dependencia por la sociedad Empresa Sur Ultra Servicios Integrales de Aseo Limitada, desempeñándome durante toda la vigencia de mi relación laboral en régimen de subcontratación laboral en dependencias del laboratorio clínico “BioNet”, de la empresa Bionet S.A., ubicado en Concepción, calle Caupolicán Nº 230, existiendo entre las personas jurídicas individualizadas un vínculo contractual. 2.- La jornada de trabajo era de 44 horas semanales. 3.- La remuneración mensual por la que fui contratada estaba compuesta de un sueldo base equivalente al ingreso mínimo mensual y una gratificación del 25% con tope, ascendiendo para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo a la suma de $661.250.-. Ahora, durante el mes septiembre y octubre de 2025, mi empleadora no me pago mi remuneración por $1.322.500.-, prestaciones que demando. 4.- En cuanto a la naturaleza de mi contrato de trabajo este era de duración indefinida. 5.- Asimismo, mi empleadora la sociedad Empresa Sur Ultra Servicios Integrales de Aseo Limitada, no pagó mis cotizaciones de seguridad social que debía enterar en Fonasa, AFP Pro Uno S.A. y A.F.C Chile S.A., las correspondientes a salud de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2025; al fondo de pensiones de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2025; y, de cesantía de los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2025. Consecuente con lo expuesto precedentemente, al no estar pagadas las referidas cotizaciones de seguridad social, debe aplicarse a mi empleadora la compañía Empresa Sur Ultra Servicios Integrales de Aseo Limitada, la sanción establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo, sanción que también debe hacerse extensiva a la demandada empresa Bionet S.A. 6.- Ahora, en el período comprendido entre el 01 de junio de 2025 y el 30 de octubre de 2025, no hice uso del feriado, ni me lo pagaron, adeudándome por este concepto la suma $154.292.-, que también demando. 7.- Durante el desarrollo de mi relación laboral registré un buen desempeño, cumpliendo de forma responsable y eficiente cada una de las tareas que demandaba mi función. B. ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. HECHOS QUE CONSTITUYEN LA CAUSAL DE INCUMPLIMIENTO GRAVE Sitio Web: www.diarioficial.cl término al contrato de DE LAS OBLIGACIONES QUE IMPONE EL CONTRATO DE TRABAJO Y QUE SIRVEN

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DE LAS OBLIGACIONES QUE IMPONE EL CONTRATO DE TRABAJO Y QUE SIRVEN