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29° Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409 en autos sumario de designación de Juez Árbitro, causa Rol C-2974-2025, caratulados “Lagos/Vergara”, se ordenó con fecha 01 de junio de 2026 notificar la
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NOTIFICACIÓN
29° Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409 en autos sumario de designación de Juez
Árbitro, causa Rol C-2974-2025, caratulados “Lagos/Vergara”, se ordenó con fecha 01 de junio
de 2026 notificar la demanda y su resolución a la demandada doña Teresa Ximena Lagos Jerez,
RUT 8.950.276-4, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento
Civil, mediante tres avisos (extractos) a publicar en el diario El Mercurio de Santiago, sin
perjuicio de la que también corresponde hacer en el Diario Oficial. Comparece “Denisse Roxana
Lagos Vergara, Cédula Nacional de Identidad N° 15.428.142-8, labores de hogar, domiciliada en
calle Parque Morro Moreno N° 1637, villa Miguel Areteche, de la comuna de Padre Hurtado,
correo electrónico para notificaciones oficinacivilcajm@gmail.com US. respetuosamente digo:
Que, en virtud de lo dispuesto por los artículos 646 y siguientes del Código de Procedimiento
Civil, en relación al artículo 414 del mismo cuerpo legal, y los fundamentos de hecho y de
derecho que se exponen, vengo en solicitar a US., se sirva citar a un comparendo con el objeto de
designar un Juez Partidor, a fin de que este lleve a cabo la correspondiente partición de los bienes
muebles e inmuebles de la comunidad hereditaria quedada al fallecimiento de don Pedro
Francisco Lagos Jerez, C.I. N° 7.318.386-3, cuyo último domicilio fue Inca de Oro block 2870
departamento 22, comuna de Maipú, el cual se especifica duplicado de certificado de posesión
efectiva, que acompaño a esta presentación. Que vengo en deducir demanda de designación de
juez partidor y en contra de. 1. Teresa Ximena Lagos Jerez, RUT 8.950.276-4, desconozco
profesión u oficio, domiciliada en Américo Vespucio 145, La Cisterna. 2. Abraham Hernán
Lagos Jerez, RUT 11.843.365-3, desconozco profesión u oficio, domiciliado en San Francisco
8919, Block 05, departamento 34, comuna de Pudahuel. 3. Claudia Dennisse Lagos Molina, RUT
10.297.742-4, desconozco profesión u oficio, domiciliada en Lo Encalada 1159, departamento
33, comuna de Ñuñoa. 4. Paulina Andrea Lagos Vergara, RUT 16.145.200-9, desconozco
profesión u oficio, pasaje Regimiento Tacna 3377, Villa Los Jardines de Rinconada, comuna de
Maipú. 5. Ana Isabel Vergara Ardiles, RUT 7.043.897-6, desconozco profesión u oficio,
domiciliado Parque Morro 1637, comuna de Padre Hurtado desconozco profesión u oficio para
estos efectos todos domiciliados en pasaje Regimiento Tacna 3377, Villa Los Jardines de
Rinconada, comuna de Maipú, en la Región Metropolitana. 6. Ilse Marisol Lagos Jerez, RUT
8.950.272-1, desconozco profesión u oficio, domiciliada en Avenida Los Polches 1362, AMPS
Gajardo, comuna de Chillán, región de Ñuble según los antecedentes de hecho y derecho que
paso a exponer: I. Hechos 1. Que los herederos que componemos la comunidad hereditaria
somos los siguientes: 1. Ilse Marisol Lagos Jerez, RUT 8.950.272-1. 2. Teresa Ximena Lagos
Jerez, RUT 8.950.276-4. 3. Abraham Hernán Lagos Jerez, RUT 11.843.365-3. 4. Claudia
Dennisse Lagos Molina, RUT 10.297.742-4. 5. Paulina Andrea Lagos Vergara, RUT
16.145.200-9. 6. Ana Isabel Vergara Ardiles, RUT 7.043.897-6. 7. Denisse Roxana Lagos
Vergara, RUT 15.428.142-8 2. Que la comunidad hereditaria figura como dueña del bien
inmueble: propiedad ubicada en pasaje Nicaragua 4048, Población Independencia Oriente,
comuna de Conchalí, Región Metropolitana, según inscripción de Fojas: 4472 número 6585
correspondiente al Registro de Propiedad del año 2015, del Conservador de Bienes Raíces de
Santiago. 3. Hace tiempo que deseo vender la propiedad ubicada en pasaje Nicaragua 4048,
Población Independencia Oriente, comuna de Conchalí, Región Metropolitana. 4. Que, en virtud
del legítimo derecho de solicitar la disposición de los bienes, y que nadie puede estar obligado a
permanecer en la indivisión, es que solicito se cite a un comparendo para proceder a la
designación de un Juez Árbitro Partidor. Por tanto, Y de conformidad con los artículos 1317 del
Código Civil, 227 N° 1 y 148 del Código Orgánico de Tribunales, y 628 y siguientes de Código
de Procedimiento Civil, a US. pido, citar a los interesados ya individualizados a un comparendo,
para cuyo efecto se fijará día y hora, a fin de designar un Juez Árbitro para los fines señalados, o
hacerlo SS. en caso de desacuerdo o inasistencia de alguno de los interesados. Primer otrosí:
Acompaño, con citación, los siguientes documentos: 1. Certificado de dominio vigente inscrito
Sitio Web: www.diarioficial.cl
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