Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· publicaciones_judiciales

Ferrocarriles del estado”, que en

Fecha del documento:

Texto del documento

NOTIFICACIÓN Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, se ha presentado demanda originando causa RIT: T-503-2025, RUC: 25-4-0672568-8, caratulada “NAVARRETE/EMPRESA DE FERROCARRILES DEL ESTADO”, que en forma extractada indica: Julio Eduardo Cabrera Neira, Abogado, cédula de identidad N° 16.156.130-4, y César Alejandro Méndez Manríquez, Abogado, cédula de identidad N° 16.348.518-4, ambos domiciliados en Sotomayor 821, de la comuna de Coronel, Región del Biobío, en representación convencional de doña Maritza Ivón Navarrete Arias, cédula de identidad N° 12.703.427-3, chilena, soltera, domiciliada en Manuel Montt N° 851-A, Coronel, a SS., con respeto decimos: que, en consideración de lo dispuesto en el artículo 444 del Código del Trabajo, en relación con los artículos 159, 162, 168 del Código del Trabajo; con el fin de preparar las acciones que se pretenden deducir en contra de las empresas que se individualizarán; vengo en solicitar a SS., se sirva decretar la medida prejudicial probatoria del artículo 273 N° 3 del Código de Procedimiento Civil, respecto de las siguientes empresas: A) Adecco Recursos Humanos S.A., RUT N° 96.820.170-0, del giro de su denominación, representada por Jorge Ibarra Malhue o por quien lo subrogue o reemplace, ambos con domicilio en calle Rosario Norte N° 100, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. B) Bio Bio Best Service, RUT N° 76.119.613-8, del giro de su denominación, representada por Ximena Alvarado Mardones o por quien lo subrogue o reemplace, ambos con domicilio en Parlamento de Negrete N° 79, Villa San Pedro, comuna de San Pedro de la Paz, ciudad de Concepción. C) Servicios Eléctricos Schmidt Ltda.., RUT N° 76.020.400-5, del giro de su denominación, representada por Luis Schimdt Ruff o por quien lo subrogue o reemplace, ambos con domicilio en Las Rosas N° 1421, comuna de San Pedro de la Paz, ciudad de Concepción. D) Efesur S.A., RUT N° 96.756.310-2, representada para estos efectos, por su Gerente General, don Nelson Hernandez Roldan, o por quien lo subrogue o reemplace, ambos domiciliados en Avenida Padre Hurtado N° 570 piso 4, de la ciudad de Concepción. E) Empresa de Los Ferrocarriles del Estado, sociedad del giro de su denominación, RUT N° 61.216.000-7, representada por don Jose Humberto Solorza Estévez, RUT N° 10.066.061-K, o por quien lo sobrogue o reemplace, ambos domiciliados en calle Morandé N° 115, piso 6, comuna y ciudad de Santiago; en base a los siguientes argumentos jurídicos y fácticos que a continuación se exponen: Antecedentes de hecho. 1.- Que doña Maritza Navarrete Arias, realizó labores de Cajera, a través de boletas de honorarios para la empresa Efesur S.A., entre los meses de enero a junio de 2016. Luego, en junio de 2016 celebró contrato de trabajo con Adecco Recursos Humanos S.A., desempeñándose como Cajera en las dependencias de la empresa Efesur S.A., ya fuera en la estación intermodal coronel o Concepción. Este contrato mantuvo vigente hasta el 31 de mayo de 2019. Luego, el 1 de junio de 2019 celebró contrato de trabajo con la empresa Bio Bio Best Service, para desempeñarse como Cajera en las dependencias de la empresa Efesur S.A. En esta empresa, sin bien firmó un finiquito de trabajo el 1 de agosto de 2021, al día siguiente (2 agosto 2021), celebró nuevamente contrato de trabajo con la misma empresa y, en los mismos términos. Finalmente, el 28 de octubre de 2024 celebró contrato de trabajo con la empresa Servicios Eléctricos Schmidt Ltda.., para desempeñarse como Cajera en la dependencias de la empresa Efesur S.A. Esta última relación laboral terminó el 31 de enero de 2025. En resumen, desde enero de 2016 hasta el 31 de enero de 2025, doña Maritza Navarrete se desempeñó como Cajera, para la empresa Efesur S.A., ya sea a través de boletas de honorarios o en régimen de subcontratación, sin solución de continuidad. 2.- Que en dicho contexto, nuestra representada tenía casi 9 años de experiencia realizando el mismo cargo de cajera para la empresa Efesur S.A, a través de diversas contrataciones celebradas con las empresas antes indicadas, donde su función consistía principalmente en operar la caja de las estaciones de coronel y/o concepción, donde se realiza la venta de tarjetas para acceder a los servicios del denominado “Biotren”, así como también la carga de saldo en dichas tarjetas. No obstante, su último contrato de trabajo, celebrado con Servicios Electricos Schimdt Limitada fue a plazo fijo, hasta el 31 de enero de

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)