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High security y compañía limitada" y con f
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NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, San Martín 950, piso 7, en
causa RIT: C-2225-2026, RUC: 25-4-0643719-4, caratulada "NORAMBUENA/HIGH
SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA" y con fecha ocho de junio de dos mil veintiséis, se
la demandada HIGH SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA,
ordenó notificar a
RUT 76.015.836-4, representada legalmente por RODRIGO CRISTIAN PONCE TOURREL,
cédula de identidad N° 9.473.390-1, la presente resolución conjuntamente con la liquidación del
crédito de fecha 4 de junio de 2026. Requerimiento: "Santiago, ocho de junio de dos mil
veintiséis. Requiérase a don RODRIGO CRISTIAN PONCE TOURREL, en representación de
HIGH SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA, para que dentro del plazo de cinco días
establecido en el artículo 466 del Código del Trabajo, pague a doña LUCERO ESTER
NORAMBUENA PÉREZ, o a quien sus derechos represente, la suma de $18.188.412 (dieciocho
millones ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos doce pesos), más reajustes, intereses y costas
de la ejecución. Por otra parte, a don Mario Desbordes Jiménez, en representación de la
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO, para que dentro del plazo de cinco días
establecido en el artículo 466 del Código del Trabajo, pague la suma de $100.000.-
correspondiente a las costas personales a que fue condenada dicha demandada en la instancia en
que se dictó la sentencia que sirve de base a la ejecución. La liquidación del crédito deberá
notificarse por carta certificada a la demandante y a la demandada Ilustre Municipalidad de
Santiago, la que se tendrá por aprobada si en el plazo de cinco días no fuere objetada en los
términos que dispone el artículo 469 del Código del Trabajo. Asimismo, junto con la liquidación
se notificará el requerimiento al demandado, quien tendrá el plazo de cinco días para oponer las
excepciones de conformidad a lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo.
Advirtiéndose del examen vía interconexión de la causa en que se dictó la sentencia que sirve de
base a la presente ejecución, RIT M-5742025 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de
Santiago, que se configuran los presupuestos de la notificación por avisos que prevé el artículo
439 del Código del Trabajo respecto de la demandada de autos, notifíquese mediante aviso la
liquidación del crédito y el requerimiento de pago a HIGH SECURITY Y COMPAÑÍA
LIMITADA, RUT 76.015.836-4, representada legalmente por RODRIGO CRISTIAN PONCE
TOURREL, la cual tendrá el plazo de cinco días para oponer las excepciones de conformidad a
lo previsto en el artículo 470 del Código del Trabajo. La demandada antes individualizada se
tendrá por requerida de pago en la fecha de publicación del aviso, para cuyo efecto, el ministro
de fe del Tribunal deberá confeccionar su texto, el que deberá contener el extracto de las
actuaciones señaladas precedentemente, y se publicará por una vez en el Diario Oficial,
circunstancia de la que deberá dejarse constancia en autos. En virtud de los principios de
celeridad y de oficialidad, consagrados en el artículo 425 del Código del Trabajo, en relación al
artículo 465 del mismo cuerpo legal, se decretan las siguientes diligencias: 1) Ofíciese a la
Tesorería General de la República para los efectos de proceder a la retención a que se refiere el
artículo 467 del Código del Trabajo, hasta por la suma de $18.188.412 (dieciocho millones
ciento ochenta y ocho mil cuatrocientos doce pesos). 2) A través de la vía que se encuentra
autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal deberá obtener e incorporar a la
presente causa la información que se registre en la Comisión para el Mercado Financiero, relativa
a las entidades bancarias y financieras en que mantenga acreencias la demandada HIGH
SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT 76.015.836-4. 3) Asimismo, a través de la vía
que se encuentra autorizada para el efecto, el funcionario habilitado del tribunal, deberá obtener e
incorporar a la presente causa información que se registre en el Registro de Vehículos
Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, relativa a inscripción de vehículos a
nombre de la demandada HIGH SECURITY Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT 76.015.836-4.
Para los efectos del pago, la parte ejecutada deberá utilizar preferentemente el CUPÓN DE
PAGO o en su defecto la modalidad de TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA. 1) CUPÓN DE
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PAGO a) PAGO EN LÍNEA, para aquellos usuarios que mantengan alguna cuenta vigente (Rut,
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