Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· publicaciones_judiciales

Segundo juzgado de letras del trabajo de santiago, merced 360 santiago. en autos rit o-1392-2026 ruc 26- 4-0763956-0 se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: extracto de la demanda: ramón nic

Fecha del documento:

Texto del documento

NOTIFICACIÓN SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360 Santiago. En autos RIT O-1392-2026 RUC 26- 4-0763956-0 se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: Ramón Nicolás Ormazábal Herrera, domiciliado en Morandé N°835, oficina N°1314, Santiago, Región Metropolitana, digo: interpongo demanda en procedimiento ordinario por reconocimiento de relación laboral, despido sin causa legal, declaración de unidad económica, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de mi ex empleador la empresa Transportes Arcos SpA., RUT N°77.372.039-8, del giro de comercio relacionado al transporte de carga por carretera, representada legalmente por don Pedro Mauricio Galdames Yáñez, cédula nacional de identidad N°12.484.561-0, factor de comercio, ambos con domicilio en Los Duraznos N°78, comuna de La Pintana, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en contra de la empresa Transportes Muhe SpA. (En Liquidación), RUT N° 76.744.017-0, del giro de comercio relacionado al transporte de carga por carretera, representada legalmente por doña María Carolina Alejandra Mira Mora, cédula nacional de identidad N° 9.515.007-1, en calidad de liquidador concursal, designada mediante sentencia de fecha 09 de enero de 2025, dictada por el 4° Juzgado Civil de San Miguel, en la Causa ROL C-2851-2024, ambos con domicilio en San Josemaría Escrivá de Balaguer Nº13105, departamento 404, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, y en contra de la empresa Galdames, Moren y Asociados SpA., RUT N°77.900.335-3, del giro de comercio relacionado al transporte de carga por carretera, representada legalmente por don Pedro Mauricio Galdames Yáñez, cédula nacional de identidad N°12.484.561-0, factor de comercio, ambos con domicilio en Los Duraznos N°78, comuna de La Pintana, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, según expongo: El 20 de octubre de 2025, inicié una relación laboral con la empresa Transportes Arcos SpA., me desempeñaba como “Camionero”, prestando mis servicios realizando el traslado de mercancías por carretera, a bordo de vehículos de la empresa dentro de la Región Metropolitana y, en ocasiones hacia las localidades de San Antonio, en la Región de Valparaíso, y de Mejillones, en la Región de Antofagasta. se trataba de un contrato de trabajo consensual con vínculo de subordinación y dependencia, por lo que me beneficia la presunción legal del artículo 9 inciso 4 del Código del Trabajo, teniendo un contrato consensual indefinido, remuneración mensual de $1.800.000.- existía un vínculo de subordinación y dependencia: - Continuidad en la prestación de servicios: Presté servicios a mi empleador desde el 20 de octubre de 2025 hasta el 05 de enero de 2026, en forma continua e ininterrumpida. - Concurrencia obligatoria y personal al trabajo: Tenía el deber de asistir obligatoriamente a mi trabajo, debiendo realizar las tareas que mi jefe directo don Pedro Mauricio Galdames Yáñez, me indicara. - Cumplimiento de un horario fijo: Cumplía un horario fijo, debiendo cumplir con una jornada laboral distribuida de lunes a domingo desde las 08:00 hasta las 20:00 horas, sin días libres a la semana y sin un horario destinado a colación, no pudiendo faltar a mi jornada sin causa justificada. - Vigilancia en el desempeño de las labores: Mi jefe directo don Pedro Mauricio Galdames Yáñez, siempre supervisaba el desarrollo de las labores o tareas que realizaba, así como el éxito en su culminación. - Obligación de seguir órdenes e instrucciones: Durante mi jornada laboral seguía las órdenes e instrucciones dadas por mi jefe directo don Pedro Mauricio Galdames Yáñez, sin poder cuestionar las labores designadas. - Obligación de rendir cuentas en el trabajo: Al finalizar el día debía rendir cuentas a mi jefe directo don Pedro Mauricio Galdames Yáñez, sobre las labores o tareas realizadas, el cual evaluaba la culminación satisfactoria de las mismas. - Obligación de ejercer las siguientes funciones: Durante la jornada laboral debía desempeñar funciones como camionero, las cuales consistían en el traslado de mercancías por carretera a bordo de vehículos de la empresa, en las rutas que mi empleador me asignaba, gestionando la carga y descarga de las mercancías, realizando el mantenimiento básico del vehículo, entre otras labores. Es es posible verificar los siguientes elementos constitutivos de una relación laboral: La obligación de prestar servicios en

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)