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28º Juzgado Civil de Santiago, causa “Penta Hipotecario Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A./Muñoz Urra”, Rol C-1034-2025.- Renato Zenteno Lavín, abogado, quien comparece en representación conve

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NOTIFICACIÓN 28º Juzgado Civil de Santiago, causa “Penta Hipotecario Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A./Muñoz Urra”, Rol C-1034-2025.- Renato Zenteno Lavín, abogado, quien comparece en representación convencional de Penta Hipotecario Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A., persona jurídica del giro de su denominación, cuyo Gerente General es don Carlos Enrique Celis Morgan ingeniero, todos domiciliados en Avda. El Bosque Norte Nº 500, cuarto piso, comuna de Las Condes, Santiago, en comisión de cobranza en representación de Ameris Deuda con Garantía Hipotecaria Fondo de Inversión a U.S., respetuosamente digo: En la representación que invisto vengo en entablar demanda de conformidad a lo dispuesto en el título XIII de la Ley General de Bancos, DFL Nº3 de 1997 y sus modificaciones posteriores, aplicable en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 19.439 artículo 2º, en contra de don José Luis Alejandro Muñoz Urra, chileno, soltero, empleado, cédula de identidad Nº 17.227.974-0, con domicilio en Arturo Prat Nº440, departamento 36, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana y/o calle 23½ Norte Nº3051, conjunto habitacional “Bicentenario Norte III” comuna de Talca, fundado en las consideraciones de hecho y de derecho que expongo a continuación: 1.- Por escritura pública de fecha 22 de junio de 2022, autorizada en la Séptima Notaría de Talca de don Gabriel Marcelo Guerrero González, Administradora de Mutuos Hipotecarios M y V S.A., otorgó a don José Luis Alejandro Muñoz Urra, un mutuo por la cantidad equivalente de 1.460 Unidades de Fomento, con cargo a un mutuo hipotecario endosable, pagadero en el plazo de 360 meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de celebración del contrato de mutuo, por medio de dividendos mensuales, vencidos y sucesivos. Dichos dividendos comprenderán la amortización y los intereses. La tasa de interés, real, anual y vencida que devenga dicho contrato de mutuo es del 6,80%. El dividendo mensual que corresponda pagar será aquel que resulte de multiplicar el monto del préstamo, expresado en unidades de fomento, por los factores que corresponden a cada dividendo contenidos en la Tabla de Desarrollo, elaborada por Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A., en la representación que comparece, a vía ejemplar para un préstamo u obligación de 1 unidad de Fomento para la tasa y plazo convenido, tabla que se encuentra protocolizada al final de los registros de escrituras públicas de la Notaria señalada, bajo el mismo Repertorio y fecha que el presente contrato de mutuo, la cual fue reconocida y aceptada expresamente por el demandado. Sin perjuicio de lo anterior, el monto del dividendo mensual no incluye las primas de los seguros asociadas al préstamo hipotecario que se otorga. Los dividendos deberán ser pagados en dinero efectivo por el equivalente del valor de la unidad de fomento a la fecha de pago efectivo, dentro de los diez primeros días del mes siguiente al del respectivo vencimiento. Sin perjuicio de lo anterior, si el dividendo no fuere pagado dentro del plazo establecido en el contrato, devengará desde el día siguiente en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la Ley permita estipular para este tipo de operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustable. 2.- Con el fin de garantizar el cumplimiento exacto, íntegro y oportuno del pago del mutuo contraído, con sus intereses, reajustes, primas de seguro y demás recargos, el demandado, don José Luis Alejandro Muñoz Urra constituyó especialmente primera hipoteca a favor de Administradora de Mutuos Hipotecarios M y V S.A., o de los cesionarios del crédito, sobre el inmueble consistente en: propiedad compuesta por casa y sitio ubicada en calle 23 ½ Norte Nº 3051, que corresponde al Lote 4 de la Manzana G, del Loteo Bicentenario Norte III, comuna de Talca, propiedad inscrita a nombre del demandado ya individualizado, a Fojas 5789v Nº8666 del año 2022 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca. La hipoteca comprenderá también todo lo que a la propiedad acceda y los inmuebles por adherencia o destinación que tiene o tenga en el futuro. La referida hipoteca se inscribió a Fojas 1995v Nº2439 del año 2022 del Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Talca. 3.- Posteriormente, la copia única endosable fue endosada con fecha 20 de septiembre de 2022 a Ameris Deuda con Garantía Hipotecaria Fondo

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