Diario Oficial· publicaciones_judiciales
19º Juzgado Civil de Santiago C-12109-2025 Penta Hipotecario Administradora de Mutuos Hipotecarios S.a./salinas. con Fecha 27/08/2025 Se Ingresa Demanda: Renato Zenteno Lavín, Abogado, Quien Comparece
Fecha del documento:
Texto del documento
NOTIFICACIÓN
19º Juzgado Civil de Santiago C-12109-2025 Penta Hipotecario Administradora de Mutuos
Hipotecarios S.A./Salinas. Con fecha 27/08/2025 se ingresa demanda: Renato Zenteno Lavín,
abogado, quien comparece en representación convencional de Penta Hipotecario Administradora
de Mutuos Hipotecarios S.A., persona jurídica del giro de su denominación, cuyo Gerente
General es don Carlos Enrique Celis Morgan ingeniero, todos domiciliados en Avda. El Bosque
Norte Nº 500, cuarto piso, comuna de Las Condes, Santiago, en comisión de cobranza en
representación de Penta AMH Servicios Financieros S.A., a US., respetuosamente digo: En la
representación que invisto vengo en entablar demanda de conformidad a lo dispuesto en el título
XIII de la Ley General de Bancos, DFL Nº3 de 1997 y sus modificaciones posteriores, aplicable
en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº19.439 artículo 2º, en contra de don Matías Sebastián
Salinas Aguirre, chileno, empleado, cédula de identidad Nº17.776.121-4, con domicilio en
Florida número 375, comuna y Región de Valparaíso, y/o Departamento número 1102, del piso
menos dos, del Edificio uno, Condominio Alto del Puerto, con acceso principal por calle Hanga
Roa número 505, comuna y Región de Valparaíso, fundado en las consideraciones de hecho y de
derecho que expongo a continuación: 1.- Por Escritura Pública de fecha 30 de septiembre de
2021, ante doña Natalia Valeria Ramírez Aranda, Notario Público de Viña del Mar, Suplente del
titular Luis Enrique Fischer Yávar, bajo repertorio Nº17.556-2021, Central Hipotecaria S.A.,
otorgó a don Matías Sebastián Salinas Aguirre, un mutuo por la cantidad equivalente de 1.053,28
Unidades de Fomento, con cargo a un mutuo hipotecario endosable, pagadero en el plazo de 362
meses, contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de celebración del contrato de
mutuo, por medio de dividendos mensuales, vencidos y sucesivos. Dichos dividendos
comprenderán la amortización y los intereses. La tasa de interés, real, anual y vencida que
devenga dicho contrato de mutuo es del 4,93%. El dividendo mensual que corresponda pagar
será aquel que resulte de multiplicar el monto del préstamo, expresado en unidades de fomento,
por los factores que corresponden a cada dividendo contenidos en la Tabla de Desarrollo,
elaborada por Central Hipotecaria S.A., en la representación que comparece, a vía ejemplar para
un préstamo u obligación de 1 unidad de Fomento para la tasa y plazo convenido, tabla que se
protocoliza al final del registro en la notaría de Santiago de doña María Soledad Lascar Merino,
bajo el repertorio 105.864-2020 de fecha 15 de septiembre de 2020. Sin perjuicio de lo anterior,
el monto del dividendo mensual no incluye las primas de los seguros asociadas al préstamo
hipotecario que se otorga. Los dividendos deberán ser pagados en dinero efectivo por el
equivalente del valor de la unidad de fomento a la fecha de pago efectivo, dentro de los diez
primeros días del mes siguiente al del respectivo vencimiento. Sin perjuicio de lo anterior, si el
dividendo no fuere pagado dentro del plazo establecido en el contrato, devengará desde el día
siguiente en que debió haberse pagado, un interés penal igual al máximo que la Ley permita
estipular para este tipo de operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustable. 2.-
Con el fin de garantizar el cumplimiento exacto, íntegro y oportuno del pago del mutuo
contraído, con sus intereses, reajustes, primas de seguro y demás recargos, el demandado, don
Matías Sebastián Salinas Aguirre constituyó especialmente primera hipoteca a favor de Central
Hipotecaria S.A., o de los cesionarios del crédito, sobre el inmueble consiste en: Departamento
número 1102, del piso menos dos, del Edificio uno y uso y goce exclusivo del estacionamiento
número 63, ambos del Condominio Alto del Puerto, con acceso principal por calle Hanga Roa
número 505, comuna y Región de Valparaíso propiedad inscrita a nombre del demandado ya
individualizado, a Fojas 430v Nº625 del año 2022 del Registro de Propiedad del Conservador de
Bienes Raíces de Valparaíso. La hipoteca comprenderá también todo lo que a la propiedad
acceda y los inmuebles por adherencia o destinación que tiene o tenga en el futuro. La referida
hipoteca se inscribió a Fojas 260 Nº307 del año 2022 del Registro de Hipotecas y Gravámenes
del citado conservador. 3.- Posteriormente, la copia única endosable fue endosada con fecha 25
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)