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1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en causa RIT: T-1376-2024, RUC: 24-4-0576349-0, demandante STUART NICOLÁS PRADO ORELLANA, cédula de identidad N° 21

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NOTIFICACIÓN 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en causa RIT: T-1376-2024, RUC: 24-4-0576349-0, demandante STUART NICOLÁS PRADO ORELLANA, cédula de identidad N° 21.191.616-8, demandado BTU TECNOLOGY SpA, RUT N° 76.478.125-2, HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PÚBLICA DR. ALEJANDRO DEL RÍO (POSTA CENTRAL), RUT : 61.608.602-2, por las acciones de TUTELA POR VULNERACIÓN DE LOS DD.FF. CON OCASIÓN DEL DESPIDO, COBRO DE PRESTACIONES LABORALES, NULIDAD, DAÑO MORAL; EN SUBSIDIO: DESPIDO INJUSTIFICADO COBRO DE PRESTACIONES LABORALES, NULIDAD, DAÑO MORAL, fecha inicio relación laboral 21 de septiembre de 2023, fecha término relación 22 de marzo de 2024, fue despedido injustificadamente por parte del jefe Carlos Rojas, quien a través de un audio de WhatsApp, remuneración $603.008. Se solicita. Se sirva tener por deducida demanda Tutela DD.F con ocasión al despido, Cobro de Prestaciones Laborales, nulidad por no pago de horas extras, Daño Moral, en contra del exempleador de nuestro defendido BTU TECNOLOGY SpA, RUT 76.478.125-2, razón social de su denominación, domiciliado en Avenida Los Militares 5620, oficina 906, Las Condes, R.M., representada legalmente por CARLOS ALBERTO ROJAS MONTENEGRO, cédula de identidad 8.336.052-6, mismo domicilio o por quien sus derechos representen según lo dispuesto en el Art. 4° del Código del Trabajo, y en contra de la demandada solidaria de acuerdo a lo estipulado en el artículo 183 del Código del Trabajo HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PÚBLICA DR. ALEJANDRO DEL RÍO (POSTA CENTRAL), RUT 61.608.602-2, razón social de su denominación, domiciliado en Curicó 345, Estación Central , RM, representada legalmente por VALENTÍN STEFANO LÓPEZ FERNÁNDEZ, cédula de identidad 17.671.932-K, mismo domicilio o por quien sus derechos representen según lo dispuesto en el Art. 4° del Código del Trabajo, que la admita a tramitación y en definitiva y conforme al mérito del proceso declarar a favor de esta parte: declarando que el despido de que fui objeto es INJUSTIFICADO, conforme a lo expuesto bajo el párrafo peticiones concretas en el cuerpo de este escrito, que se dan por expresamente reproducidas, todo con reajustes, intereses y costas. En subsidio. Se sirva tener por deducida en procedimiento Tutela, en subsidio de la acción de tutela despido injustificado, y cobro prestaciones laborales, y nulidad por no pago de horas extras, Daño Moral, en contra de mi exempleador BTU TECNOLOGY SpA, RUT 76.478.125-2, razón social de su denominación, domiciliado en Avenida Los Militares 5620, oficina 906, Las Condes, RM, representada legalmente por CARLOS ALBERTO ROJAS MONTENEGRO, cédula de identidad 8.336.052-6, mismo domicilio o por quien sus derechos representen según lo dispuesto en el Art. 4° del Código del Trabajo, y en contra de la demandada solidaria de acuerdo a lo estipulado en el artículo 183 del Código del Trabajo HOSPITAL DE URGENCIA ASISTENCIA PÚBLICA DR. ALEJANDRO DEL RÍO (POSTA CENTRAL), RUT 61.608.602-2, razón social de su denominación, domiciliado en Curicó 345, Estación Central , RM, representada legalmente por VALENTÍN STEFANO LÓPEZ FERNÁNDEZ, cédula de identidad 17.671.932-K, mismo domicilio o por quien sus derechos representen según lo dispuesto en el Art. 4° del Código del Trabajo, para que sea acogida en definitiva en todas sus partes, con costas, conforme a los antecedentes de hecho y derecho que paso a exponer y admitirla a tramitación, acogiéndola de inmediato en todas sus partes, declarando que el despido de que fui objeto es INJUSTIFICADO, conforme a lo expuesto bajo el párrafo peticiones concretas en el cuerpo de este escrito, que se dan por expresamente reproducidas, todo con reajustes, intereses y costas. Se fijó Audiencia Preparatoria para el día 6 de agosto de 2026, a las 09:40 horas, ella se celebrará bajo la modalidad de videoconferencia en plataforma Zoom, ordenado por resolución fecha dieciocho de junio de dos mil veintiséis, desde la cual, el día fijado para la audiencia, podrá presionar el link que se adjunta a dicha providencia, para acceder a la agenda de ese día y donde podrá encontrar y acceder a su sala virtual. La totalidad de los antecedentes se encuentran disponibles en carpeta Sitio Web: www.diarioficial.cl digital de la causa, en el portal web del Poder Judicial. Se agrega la siguiente resolución solo para efectos de dar cumplimiento al artículo 439 del Código del Trabajo. Santiago, veintiocho de

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