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Detalle de liquidación laboral tribunal: 1º juzgado de letras de quillota fecha de liquidación: 13/11/2021 rit causa: c-23-2021 demandante: claudio andrés riquelme obreque r.u.t. demandante: 12.080.38
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 1 de julio de 2026
Texto del documento
NOTIFICACIÓN
DETALLE DE LIQUIDACIÓN LABORAL Tribunal: 1º Juzgado de Letras de Quillota
Fecha de Liquidación: 13/11/2021 RIT Causa: C-23-2021 Demandante: CLAUDIO ANDRÉS
RIQUELME OBREQUE R.U.T. Demandante: 12.080.388-3 Demandado: [DDO.] ALFREDO
JORGE VERGARA ZAMORA Representante: R.U.T. Demandado: 10.567.079-6 R.U.T.
Representante: Monto Total Liquidación: $362.472 Prestaciones: Prestación Remuneraciones
Fecha Prestación 30/04/2018 Monto Nominal 276.000 Fecha Actualización 13/11/2021
Porcentaje Reajuste 14.29 Monto Reajuste 39.440 Porcentaje Interés 14.91 Monto Interés 47.032
Total Actualizado 362.472 Total Actualizado: 362.472 RESUMEN DE LIQUIDACIÓN
LABORAL Tribunal :1º Juzgado de Letras de Quillota Fecha de Liquidación: 13/11/2021 RIT
Causa: C-23-2021 Demandado: [DDO. ] ALFREDO JORGE VERGARA ZAMORA
Representante: R.U.T. Demandado: 10.567.079-6 R.U.T. Representante: Resumen Liquidación
R.U.T. Demandante 12.080.388-3 Demandante CLAUDIO ANDRÉS RIQUELME OBREQUE
Total Prestaciones 276.000 Total Recargos 86.472 Total Actualizado 362.472 Total
Consignaciones 0 Total Liquidación 362.472 Costas Procesales Monto costas procesales:
100.000 Total Monto liquidación: 362.472 Total Costas Procesales: 100.000 Deuda Actualizada:
462.472 (cuatrocientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos pesos) RIT: C-23-2021
RUC: 18-4-0126545-3 $100000 - Cuaderno Principal Asciende a la suma de cien mil pesos
($100000). Quillota, 13 de noviembre de 2021. NILDA ROSALIA SOTO LEMUS. UNIDAD
DE LIQUIDACIONES. Resolución 19.11.2021: Quillota, diecisiete de noviembre de dos mil
veintiuno. Téngase por practicada liquidación del crédito adeudado en estos antecedentes, y por
aprobada si no fuere objetada dentro de quinto día. Asimismo y de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 466 del Código del Trabajo, requiérase al ejecutado Alfredo Jorge Vergara Zamora
domiciliado en Instituto 487, Quillota, para que paguen dentro de quinto día la suma de $
362.472 (trescientos sesenta y dos mil cuatrocientos setenta y dos pesos), en caso contrario, un
Ministro de Fe, procederá a trabar embargo sobre bienes muebles o inmuebles suficientes para el
cumplimiento íntegro de la ejecución y sus costas. Ofíciese a la Tesorería General de la
República para los efectos de proceder a la retención a que se refiere el artículo 467 del Código
del Trabajo. Se hace presente que la parte demandada sólo podrán oponer a esta ejecución las
excepciones de pago de la deuda, remisión, novación y transacción, dentro del plazo señalado.
Habiéndose notificado la demanda en sede laboral a través de avisos, respecto del demandado
Alfredo Jorge Vergara Zamora, practíquese el requerimiento por la misma vía, confecciónese el
extracto por la Sra. Secretaria del Tribunal. Notifíquese a la parte demandante por carta
certificada. RIT: C-23-2021 RUC: 18-4-0126545-3 Proveyó don ROLANDO ALVEAR
VALENZUELA, Juez Titular del 1º Juzgado de Letras de Quillota. /vso En Quillota a diecisiete
de noviembre de dos mil veintiuno, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
Solicitud 03.06.2026: SOLICITUD QUE INDICA S.J.L. DE QUILLOTA (1°) ANDRÉS
NICOLÁS LOPÉZ PERÁN, abogado por la parte demandante en causa RIT: C-23-2021,
caratulado, “RIQUELME/VERGARA”, a S.S, respetuosamente digo: Que, atendido a que en
sede laboral la forma de notificación empleada fue a través de avisos, vengo en solicitar a S.S. se
sirva disponer en proceder a notificar la demanda y el requerimiento de pago de fecha 17 de
noviembre del 2021, que consta en folio 5 de autos, al demandado ALFREDO JORGE
VERGARA, RUT 10.567.079-6; mediante publicación de avisos, disponiendo la confección del
extracto por el funcionario correspondiente del Tribunal de S.S. POR TANTO. RUEGO A S.S.,
acceder a lo solicitado. Resolución 09.06.2026: Quillota, nueve de junio de dos mil veintiséis.
Habiéndose notificado la demanda en sede laboral a través de avisos, respecto del demandado
ALFREDO JORGE VERGARA ZAMORA, como se pide practíquese el requerimiento por la
misma vía, confecciónese el extracto por la Sra. Secretaria del Tribunal; adjuntándose la
liquidación de fecha 13 de noviembre de 2021 y la resolución de “requiérase” de fecha 19 de
noviembre de 2021. RIT: C-23-2021 RUC: 18-4-0126545-3. Proveyó doña ANDREA PIZARRO
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PERALTA, Juez Subrogante del 1º Juzgado de Letras de Quillota. /fpg En Quillota a nueve de
junio de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
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