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Fija precios de referencia y paridad para kerosene doméstico núm. 149 exento.- santiago, 2 de junio de 2026.
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
FIJA PRECIOS DE REFERENCIA Y PARIDAD PARA KEROSENE DOMÉSTICO
Núm. 149 exento.- Santiago, 2 de junio de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en el DL Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio
de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la ley Nº 19.030, y sus modificaciones
posteriores; en el decreto supremo Nº 211, de 2000, que aprueba nuevo reglamento de la ley Nº
19.030, que crea Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo, modificado por decreto
supremo Nº 97, de 2009, ambos del Ministerio de Minería; en el oficio ordinario Nº 558/2026, de
2026, de la Comisión Nacional de Energía, en el cual informa al tenor de lo establecido en los
artículos 6º y 7º del referido Reglamento; en el decreto exento N° 272, de 2025, del Ministerio de
Energía; en el decreto con fuerza de ley N° 7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, que
organiza las Secretarías de Estado, y en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General
de la República.
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