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Diario Oficial· normas_generales

Incorpora Vía para la Circulación de Vehículos de Locomoción Colectiva en la Ciudad de los Ángeles

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 6 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región del Biobío INCORPORA VÍA PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS DE LOCOMOCIÓN COLECTIVA EN LA CIUDAD DE LOS ÁNGELES Núm. 1.049 exenta.- Concepción, 22 de junio de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en el artículo 3° de la ley Nº 18.696, que establece normas sobre transporte de pasajeros; en el decreto Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamenta los servicios nacionales de transporte público de pasajeros; la resolución Nº 36, de 1991, complementada por la resolución Nº 10, de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, que delegan facultades en los Secretarios Regionales; oficio Nº 12735, de 2026, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Biobío; ordinario Nº 151, de 2026, de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Los Ángeles; Informe Técnico de Factibilidad Nº 04-F-2026, de la Prefectura de Carabineros Biobío Nº 20; solicitud en Carta Nº 1, de 2026, (Ing. Seremitt 67-20, de 20 marzo de 2026), de empresa "Colectivos Chiprodal Bolson S.A.", la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable. Considerando: 1. Carta Nº 1, de 20 de marzo de 2026, de la empresa "Colectivos Chiprodal Bolson S.A.", mediante la que se solicitó la modificación del recorrido troncal y variante 1 para la línea Nº 9 de taxis colectivos en la comuna de Los Ángeles. 2. Que, conforme lo establecido en el artículo 11º del decreto Nº 212, de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, establece que "Los trazados de los servicios de locomoción colectiva deberán considerar sólo vías autorizadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.". 3. Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Nº 36, de 1991, complementada por la resolución Nº 10, de 1992, ambas citadas en vistos, esta Secretaría Regional, mediante oficio Nº 12735, de 2026, solicitó el pronunciamiento de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Los Ángeles y de la Prefectura de Carabineros de Chile-Biobío. 4. Que, mediante oficio ordinario DTTP Nº 000151, de 10 de junio de 2026, la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Municipalidad de Los Ángeles, se informa la aprobación del recorrido solicitado. 5. Que, mediante Informe Técnico de Factibilidad Nº 04-F-2026, de 20 de mayo de 2026, la Prefectura de Carabineros Biobío Nº 20, se informa que el recorrido solicitado no presenta inconvenientes u observaciones respecto del diseño vial propuesto. 6. Que, esta Secretaría Regional ha considerado conveniente, conforme a los antecedentes presentados, autorizar para el transporte público la vía que a continuación se individualiza. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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