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Diario Oficial· normas_generales

Nombra secretario/a regional ministerial de bienes nacionales de la región de la araucanía núm. 32.- santiago, 26 de marzo de 2026. vistos: lo dispuesto en los artículos 32 n° 10 y 35 del decreto supr

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 6 de julio de 2026

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MINISTERIO DE BIENES NACIONALES NOMBRA SECRETARIO/A REGIONAL MINISTERIAL DE BIENES NACIONALES DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Núm. 32.- Santiago, 26 de marzo de 2026. Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto supremo Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 26 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 del año 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 2 letra k) y 62 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N°19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el artículo 6 de la ley N°20.955 que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional del Servicio Civil; en el artículo 7 letra b) del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el artículo 2 letra d) del decreto ley N° 3.274 de 1980, de esta Secretaría de Estado, que fija la Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales; en el artículo 5 del decreto supremo N° 386, de 1981, del Ministerio de Bienes Nacionales, que contiene el Reglamento Orgánico de esta Cartera de Estado; la ley N°19.548, que modifica la planta del personal de este Ministerio; el decreto supremo N° 24, de fecha 11 de marzo de 2026, que acepta renuncia voluntaria de doña Ámbar Vanessa Castro Martínez al cargo de Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de La Araucanía; el oficio N° 513, de fecha 24 de marzo de 2026, del/de la Delegado/a Presidencial de la Región de La Araucanía, que remitió a S.E. el Presidente de la República la terna para el nombramiento del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de La Araucanía; la resolución Nº 36, de 2024, y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, y el Certificado de no deuda de alimentos de fecha 26 de marzo de 2026. Considerando: 1. Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 letra d) del decreto ley N° 3.274, de 1980, que fija la Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales, y en el artículo 5 del decreto supremo N° 386, de 1981, que contiene el Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado, las Secretarías Regionales Ministeriales forman parte de la estructura orgánica de este Ministerio, y en cada región del país debe existir una Secretaría Regional Ministerial del Ministerio de Bienes Nacionales, la que, a su vez, debe estar a cargo de un/a Secretario/a Regional Ministerial, que será representante del Ministerio en la Región y colaborador directo del Delegado/a Presidencial Regional. 2. Que, desde el día 11 de marzo del año 2026 se encuentra vacante el cargo de Secretario/a Regional Ministerial del Ministerio de Bienes Nacionales en la Región de La Araucanía, con ocasión de la renuncia voluntaria presentada por doña Ámbar Vanessa Castro Martínez, cédula nacional de identidad 15.651.703-8. 3. Que, el cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exclusiva confianza de S.E. el Presidente de la República, y es nombrado de entre las personas que figuren en la terna elaborada por el Delegado/a Presidencial Regional, oyendo al Ministro del ramo, de Sitio Web: www.diarioficial.cl conformidad a lo dispuesto en el artículo 7 letra b) del Estatuto Administrativo y el artículo 62 de la Ley N°19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. 4. Que, mediante el oficio reservado N°513, de fecha 24 de marzo de 2026, el/la Delegado/a Presidencial de la Región de La Araucanía remitió a S.E. el Presidente de la República una terna con los nombres de las personas propuestas para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de La Araucanía, de conformidad a lo establecido en el artículo 2 letra k) de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. 5. Que, la persona individualizada a continuación reúne los requisitos necesarios para

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