Diario Oficial· normas_particulares
Certifica Extinción de Concesión de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada para la Localidad de Constitución
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 6 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN
FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE CONSTITUCIÓN
Núm. 442 exento.- Santiago, 11 de junio de 2026.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría;
b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
e) El decreto supremo Nº 386, de 2001, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que otorgó la concesión para la localidad de Constitución, publicado en el
Diario Oficial de 30 de noviembre de 2001, y sus modificaciones; y
f) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Que, mediante ingreso Subtel Nº 66.049, de 13.05.2026, Compañía Chilena de
Comunicaciones S.A. presentó renuncia a la concesión ya individualizada en la letra e) de los
Vistos.
b) Que, de conformidad al artículo 23º de la ley, la extinción de una concesión debe
certificarse por decreto supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial, y en uso de mis
atribuciones,
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)Organismo
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES