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Diario Oficial· normas_generales

Los Directivos y Funcionarios Que Indica, Las Atribuciones Que Señala del Consejo Directivo

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 7 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Caja de Previsión de la Defensa Nacional DELEGA EN LOS DIRECTIVOS Y FUNCIONARIOS QUE INDICA, LAS ATRIBUCIONES QUE SEÑALA DEL CONSEJO DIRECTIVO Núm. 1.410 exenta.- Santiago, 25 de junio de 2026. (Resolución) Vistos: 1. El DFL N° 31, de 1953, del Ministerio de Defensa Nacional, que fija la ley orgánica por la que se regirá la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. 2. El DFL N° 278, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas sobre funciones, deberes y atribuciones de los Consejos y Vicepresidentes Ejecutivos de las Instituciones de Previsión Social que indica. 3. La ley N° 18. 837 de 1989, del Ministerio de Defensa Nacional, que crea los Centros de Salud y Rehabilitación de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. 4. La ley N° 16. 258 de 1965, del Ministerio de Defensa Nacional, que crea el Fondo de Auxilio Social de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. 5. La Ley N° 16. 436 de 1966, del Ministerio del Interior, que declara materias que podrán ser objeto de decretos o resoluciones expedidos por las autoridades que indica, con la sola firma del respectivo funcionario. 6. Lo dispuesto en los artículos 3° y 41° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. 7. Lo prescrito por el artículo 3° de la Ley N° 19.880, de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 8. La ley N° 20.584 de 2012, del Ministerio de Salud, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación, con acciones vinculadas a su atención de salud. 9. El DFL N° 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado sobre Estatuto Administrativo. 10. El decreto supremo N° 149 de 2009, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Préstamos de Capredena. 11. El decreto supremo N° 265 de 1977, del Ministerio de Defensa Nacional que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 12.856, que creó el Consejo de Salud de las Fuerzas Armadas. 12. El decreto supremo N° 204 de 1973 del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el reglamento de medicina curativa de Capredena. 13. La ley N° 19.886 de 2003 del Ministerio de Hacienda de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y sus modificaciones posteriores. 14. La resolución exenta N° 59 de 2023, del Ministerio de Defensa, que aprueba el reglamento de beneficios de asistencia social de Capredena. Sitio Web: www.diarioficial.cl 15. Las resoluciones N° 36 de 2024, N° 8 de 2025 y N° 3 de 2026, todas de la Contraloría General de la República. 16. El acuerdo N° 10/2026 del Consejo Directivo de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, adoptado en sesión N° 6 del 22 de junio de 2026, que aprueba la delegación de atribuciones del Consejo Directivo y del Vicepresidente Ejecutivo, que por este acto se sancionan. Considerando: 1. Que, para una más expedita administración de la Caja, el Consejo Directivo acordó delegar en el Vicepresidente Ejecutivo y determinados funcionarios superiores de la Institución, algunas de sus atribuciones. 2. Que el Vicepresidente Ejecutivo deberá informar en cada una de las sesiones ordinarias del Consejo Directivo de los actos, contratos y operaciones en que hubiere intervenido en virtud de tal delegación. 3. Que, por su parte, el Vicepresidente Ejecutivo en aras de velar por el principio de eficiencia, propender a la simplificación y rapidez de los trámites y procedimientos, con acuerdo del Consejo, ha delegado parte de las atribuciones en ciertos funcionarios de la Institución.

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