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Diario Oficial· normas_generales

Autoriza Experiencia de Prueba para Señales Viales “no Chat” en Calle Francisco Bilbao con Pedro de Valdivia, Comuna de Providencia, Región Metropolitana

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 7 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Transportes AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA PARA SEÑALES VIALES “NO CHAT” EN CALLE FRANCISCO BILBAO CON PEDRO DE VALDIVIA, COMUNA DE PROVIDENCIA, REGIÓN METROPOLITANA Núm. 2.736 exenta.- Santiago, 22 de junio de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 18.059, que asigna al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones el carácter de organismo rector del tránsito y le señala atribuciones; en los artículos 93 y 94 del DFL Nº 1, de 2007, de los ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en el decreto supremo Nº 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Manual de Señalización de Tránsito; en el oficio Nº 2712, de 18 de mayo de 2026, del Director de Tránsito y Transporte Público (S) de la I. Municipalidad de Providencia, Sr. Gerardo Fercovic Musre; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y en la demás normativa aplicable. Considerando: 1. Que, el artículo 3º del decreto supremo Nº 78, de 2012, citado en el Visto, dispone que: “La señalización de tránsito es determinada únicamente por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Sólo dicha autoridad puede crear una nueva señal o autorizar una modificación de las ya existentes. Por lo tanto, toda señalización que no se ajuste a lo dispuesto por esta Secretaría de Estado carece de validez legal. Las solicitudes de autorización para llevar experiencias de prueba con nuevos elementos de señalización deberán ser canalizadas a través de la Subsecretaría de Transportes, según procedimiento establecido en el Apéndice”. 2. Que, mediante oficio Nº 2712, de 18 de mayo de 2026, del Director de Tránsito y Transporte Público (S), Sr. Gerardo Fercovic Musre, se solicita autorización para la implementación y evaluación de las señales verticales “No Chat”, en la intersección de calle Francisco Bilbao con calle Pedro de Valdivia, como experiencia de prueba en la comuna de Providencia, Región Metropolitana. 3. Que, en coordinación conjunta entre la División de Normas y Operaciones de la Subsecretaría de Transportes, la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito y la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Providencia se revisó la propuesta del proyecto de innovación en el ámbito de las señales viales “No Chat”, concluyéndose que es pertinente su autorización. Sitio Web: www.diarioficial.cl 4. Que, en consecuencia, corresponde a la Subsecretaría de Transportes pronunciarse respecto de la solicitud de experiencia de prueba de las señales viales “No Chat” en la intersección de calle Francisco Bilbao con calle Pedro de Valdivia, en la comuna de Providencia, Región metropolitana.

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