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Autoriza Experiencia de Prueba para Zona de Carga y Descarga en Calle Holanda N° 33 y en Calle Guardia Vieja, Entre Diego de Velásquez y Barcelona, en la Comuna de Provide
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 7 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Transportes
AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA PARA ZONA DE CARGA
Y DESCARGA EN CALLE HOLANDA N° 33 Y EN CALLE GUARDIA VIEJA, ENTRE
DIEGO DE VELÁSQUEZ Y BARCELONA, EN LA COMUNA DE PROVIDENCIA,
REGIÓN METROPOLITANA
Núm. 2.738 exenta.- Santiago, 22 de junio de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N°
19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 18.059, que asigna al Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones el carácter de organismo rector del tránsito y le señala
atribuciones; en los artículos 93 y 94 del DFL N° 1, de 2007, de los ministerios de Transportes y
Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley de Tránsito; en el decreto supremo N° 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprueba el Manual de Señalización de Tránsito; en el oficio N° 2470,
de 11 de mayo de 2026, del Director de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre
Municipalidad de Providencia, Sr. Luis Alberto Barrientos Echavarría; en la resolución N° 36, de
2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de
toma de razón, y en la demás normativa aplicable
Considerando:
1. Que, el artículo 3° del decreto supremo N° 78, de 2012, citado en el visto, dispone que:
“La señalización de tránsito es determinada únicamente por el Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones. Solo dicha autoridad puede crear una nueva señal o autorizar una
modificación de las ya existentes. Por lo tanto, toda señalización que no se ajuste a lo dispuesto
por esta Secretaría de Estado carece de validez legal.
Las solicitudes de autorización para llevar experiencias de prueba con nuevos elementos de
señalización, deberán ser canalizadas a través de la Subsecretaría de Transportes, según
procedimiento establecido en el Apéndice”.
2. Que, mediante oficio N° 2470, de 11 de mayo de 2026, del Director de Tránsito y
Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Providencia, Sr. Luis Alberto Barrientos
Echavarría, se solicita autorización para la implementación y evaluación de una experiencia de
prueba en determinadas zonas de carga y descarga de su comuna. En particular, en calle Holanda
N° 33 y en calle Guardia Vieja entre Diego de Velásquez y Barcelona.
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3. Que, en coordinación conjunta entre la División de Normas y Operaciones de la
Subsecretaría de Transportes, el Programa de Desarrollo Logístico de la Subsecretaría de
Transportes, la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito y la Dirección de Tránsito y
Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Providencia se revisó la propuesta del proyecto
de innovación en el ámbito de las señales y demarcación de la zona de carga y descarga,
concluyéndose que es pertinente su autorización.
4. Que, en consecuencia, corresponde a la Subsecretaría de Transportes pronunciarse
respecto de la solicitud de experiencia de prueba para implementar señales y demarcación de la
zona de carga y descarga, como experiencia de prueba en la comuna de Providencia, Región
Metropolitana.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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