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Diario Oficial· normas_generales

Nombra secretaria regional ministerial de gobierno de la región de arica y parinacota que se individualiza núm. 19.- santiago, 27 de marzo de 2026. visto: lo dispuesto en el artículo 32 n° 10 del decr

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 8 de julio de 2026

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MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO NOMBRA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE GOBIERNO DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA QUE SE INDIVIDUALIZA Núm. 19.- Santiago, 27 de marzo de 2026. Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 del decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República; en el artículo 26 del decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 2 letra k) y 62 del DFL 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el artículo 6° de la ley N° 20.955, que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública y fortalece la Dirección Nacional del Servicio Civil; los artículos 7 letra b) y 12 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en los artículos 1° y 2° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que modifica la organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno; en el decreto con fuerza de ley N° 17, de 1990, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que modifica el decreto con fuerza de ley que adecúa plantas y escalafones del Ministerio Secretaría General de Gobierno, conforme al artículo 5° de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto supremo N° 38, de 2026, del Ministerio del Interior, que designa a la Ministra Secretaria General de Gobierno; en el decreto supremo N° 4, de 11 de marzo del año 2026, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que acepta la renuncia voluntaria al cargo de Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de Arica y Parinacota, de don Nicolás David González Gutiérrez; en el oficio N° 155, de fecha 26 de marzo del año 2026, del Delegado Presidencial Regional de Arica y Parinacota, que propone la terna respectiva y; las resoluciones N° 36, de 2024, que fija normas de exención del trámite de toma de razón y N° 8, de 2025, que la complementa y modifica; ambas de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1° y 2° del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que modifica la organización del Ministerio Secretaría General de Gobierno, y en el artículo 62 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, en cada región del país existirá una Secretaría Regional Ministerial de Gobierno, a cargo de un Secretario Regional Ministerial, que será representante del Ministerio en cada una de las regiones y colaborador directo de los Delegados Presidenciales Regionales. 2. Que, a contar del 11 de marzo de 2026, se encuentra vacante el cargo de Secretario Regional Ministerial de Gobierno en la Región de Arica y Parinacota, de conformidad con el decreto supremo N° 4, de 11 de marzo de 2026, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que acepta la renuncia de don Nicolás David González Gutiérrez, cédula identidad N° 16.358.474-3, al referido cargo, a contar del precitado día. 3. Que, el cargo que se provee por intermedio del presente decreto supremo es de exclusiva confianza de S.E. el Presidente de la República y nombrado entre las personas que figuren en una Sitio Web: www.diarioficial.cl terna elaborada por los Delegados Presidenciales Regionales, oyendo al Ministro del ramo, de conformidad con el artículo 7 letra b) del Estatuto Administrativo y artículo 62 del decreto con fuerza de ley N° 1-19.175 que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional. 4. Que, mediante el oficio N°155, de fecha 26 de marzo 2026, se remite la terna con los nombres de las personas propuestas para el cargo de Secretario Regional Ministerial de Gobierno de la Región de Arica y Parinacota, de conformidad a lo establecido en el artículo 2 letra k) de la

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