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Consejo Nacional de Salud
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 9 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Subsecretaría de Salud Pública
CREA EL CONSEJO NACIONAL DE SALUD
(Resolución)
Núm. 691 exenta.- Santiago, 9 de junio de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1 y 19 N° 9 de la Constitución Política de la República, cuyo
texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005,
del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el artículo 3 de la ley N° 18.575, Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los artículos 1, 2, 4, 5 y 6
del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N°
18.469; en los artículos 1, 2, 4, 5, 23 y 25 del decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio
de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el Código Sanitario,
aprobado por el decreto con fuerza de ley N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud; en la
resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
1°. Que, al Ministerio de Salud le compete ejercer la función que corresponde al Estado de
garantizar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de
la salud y de rehabilitación de la persona enferma, así como coordinar, controlar y cuando
corresponda ejecutar tales acciones.
2°. Que, conforme con lo anterior, corresponde a esta Secretaría de Estado formular, fijar y
controlar las políticas de salud.
3°. Que, el sector salud está integrado por todas las personas, naturales o jurídicas, de
derecho público o privado, que realizan o contribuyen a la ejecución de acciones de salud y que,
laboran en salud coordinadamente, dentro de los marcos fijados por el Ministerio de Salud para
el cumplimiento de las normas y planes que éste apruebe, constituyendo tales personas el
Sistema Nacional de Servicios de Salud.
4°. Que, para el adecuado ejercicio de sus funciones, el Ministerio de Salud está facultado
para requerir la asesoría de consejos consultivos, los cuales pueden estar integrados por personas
naturales y representantes de personas jurídicas, tanto del sector público como del privado, de
acuerdo a las materias a tratar.
5°. Que, los desafíos actuales del sistema sanitario hacen necesario fortalecer la gobernanza
y coordinación entre los distintos niveles de atención, organismos públicos y actores relevantes
del sector salud, particularmente en materias vinculadas al desarrollo e implementación de la
Estrategia Nacional de Salud y al fortalecimiento de las políticas públicas sanitarias.
6°. Que, asimismo, resulta prioritario avanzar en medidas orientadas al fortalecimiento de la
Atención Primaria de Salud, especialmente en lo relativo al aumento de su capacidad resolutiva,
la mejora de la continuidad de cuidados, la coordinación asistencial y la oportunidad en el acceso
a las prestaciones de salud.
7°. Que, del mismo modo, se estima necesario promover instancias permanentes de análisis
y evaluación de las redes asistenciales desde una perspectiva de salud pública, considerando
criterios de integración, pertinencia territorial, eficiencia sanitaria y respuesta a las necesidades
de salud de la población.
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8°. Que, es necesario avanzar en medidas destinadas a mejorar la oportunidad de acceso a
las prestaciones de salud, abordando los desafíos asociados a las listas de espera y a los tiempos
de respuesta del sistema sanitario, mediante el análisis de estrategias que permitan fortalecer la
gestión, coordinación y capacidad de resolución de la red asistencial.
9°. Que, una gobernanza sanitaria moderna exige incorporar la experiencia, conocimientos y
perspectivas de diversos actores del ámbito público, privado, académico y técnico, promoviendo
mecanismos de participación, colaboración y asesoría especializada que contribuyan al
fortalecimiento de las políticas públicas en salud.
10°. Que, atendida la amplitud y complejidad de las materias involucradas, se ha estimado
necesario crear una instancia permanente, de carácter consultivo y estratégico, integrada por
representantes de distintos sectores y organizada en comités temáticos especializados, destinada
a asesorar al Ministerio de Salud en el análisis, estudio y formulación de propuestas orientadas al
desarrollo de la Estrategia Nacional de Salud, al fortalecimiento de la Atención Primaria de
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