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Fija Deslinde Cauce Estero Reñaca en la Región de Valparaíso
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 9 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Secretaría Regional Ministerial Región de Valparaíso
FIJA DESLINDE CAUCE ESTERO REÑACA EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Núm. 439 exenta.- Valparaíso, 16 de junio de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Estos antecedentes; lo dispuesto en el DS N° 609, de 1978, del Ministerio de Tierras y
Colonización; el DL 1.939, de 1977, y sus modificaciones; el DS N° 19, de 2001, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia; las facultades que se me delegan en el DS 79, de 2010, y el
DS 28, de fecha 26 de marzo de 2026, ambos del Ministerio de Bienes Nacionales y la resolución
N° 34, de 2024, modificada por la resolución N° 3, de 2026, ambas de la Contraloría General de
la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1.- Que mediante presentación de fecha 24 de marzo de 2023, ingresada bajo folio 151793,
efectuada por don Benjamín Solari Floody, en representación de la sucesión de don Berdn Mex
Leutjen, solicitó la fijación de deslindes del cauce del Estero Reñaca, en el sector que colinda
con la propiedad de aquella, ubicada en calle Salvador Vergara N° 150, Lote 1-A, Reñaca,
comuna de Viña del Mar, en particular de la ribera derecha en el sentido de las aguas, sector
Reñaca, correspondiendo a un tramo de aproximadamente 62,40 metros de longitud, con el
objeto de dilucidar oficialmente la relación espacial entre el cauce fluvial y la propiedad ribereña
concurrente a la faja fluvial de ese sector.
2.- Que, requerido informe a la Dirección de Obras Hidráulicas de la Región de Valparaíso
mediante Ords. N° 1219, de 24 de abril de 2023 y N° 4015, de 19 de noviembre de 2019, ambos
de esta Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, la mencionada Dirección Regional,
mediante su Ord. D.O.H R.V. N° 1065, de fecha 5 de noviembre de 2025, complementado a
través de su Ord. (E) D.O.H.R.V. N° 1245, de 19 de diciembre de igual anualidad, remitió
informe técnico que contiene la propuesta de deslinde del Estero Reñaca, ribera derecha, sector
Reñaca, comuna de Viña del Mar, colindante con la propiedad ubicada en calle Salvador Vergara
N° 150, Lote 1-A.
3.- Que, analizado el informe singularizado en el punto anterior, se procedió por este
Servicio a realizar los levantamientos topográficos en terreno, en los que se fijó la línea de
deslinde del cauce del Estero Reñaca en la ribera derecha en el sentido de las aguas, del sector
Reñaca, de la comuna de Viña del Mar, plasmándose en el plano 05109-15502 C.U. de este
Ministerio, el cual fue remitido a la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras
Públicas, Región de Valparaíso, para efectos de su revisión y suscripción, el que se encuentra
debidamente visado y suscrito por el Director Regional de Obras Hidráulicas de la Región de
Valparaíso.
4.- Que habiéndose cumplido con todas las etapas y requisitos contemplados en el DS 609,
de 1978, de este Ministerio, correspondiendo la facultad a este Servicio y habiendo sido
solicitado por la Unidad de Catastro de esta Regional mediante documento conductor N° 703753,
resulta del todo procedente dictar el acto administrativo pertinente que fije el deslinde del cauce
del Estero Reñaca en el sector solicitado.
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