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Listado Contenido en la Resolución N° 6.015 Exenta, de 2019, de la Subsecretaría de Educación, Ordenando Las Reliquidaciones Que Indica y Deja sin Efecto Parcia
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 9 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
ACTUALIZA EL LISTADO CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN N° 6.015 EXENTA,
DE 2019, DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN, ORDENANDO LAS
RELIQUIDACIONES QUE INDICA Y DEJA SIN EFECTO PARCIALMENTE LA
RESOLUCIÓN EXENTA N° 13.796, DE 2025, DE LA SUBSECRETARÍA DE
EDUCACIÓN
Núm. 3.918 exenta.- Santiago, 26 de junio de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°
18.575, ley orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la
ley N° 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N° 19.628, sobre
protección de la vida privada; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos
administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N°
20.903, que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente; en el decreto con fuerza de ley
N° l, de 1996, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la ley N° 19.070 que aprobó el Estatuto de los profesionales de la educación y
de las leyes que lo complementan y modifican; en el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del
Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con
fuerza de ley N° 2, de 1996, sobre Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales; en
el decreto ley N° 3.166, de 1980, del Ministerio de Educación Pública, que autoriza entrega de la
administración de determinados establecimientos de educación técnico-profesional a las
instituciones o a las personas jurídicas que indica; en el decreto N° 106, de 2019, del Ministerio
de Educación, que aprueba el reglamento que regula el procedimiento de acreditación de la
experiencia profesional de los profesionales de la educación, para el cálculo y pago de las
asignaciones que señala y deroga el decreto N° 264, de 1991 del Ministerio de Educación; en la
resolución exenta N° 6.015, de 2019, de la Subsecretaría de Educación, modificada por la
resolución exenta N° 13.796, de 2025, de la Subsecretaría de Educación; en el oficio ordinario
N° 10/178, de 2026, de la Jefa del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e
Investigaciones Pedagógicas; en la minuta N° 15, de 2026, del Coordinador del Área de Carrera
Docente del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas; en la
resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón; y,
Considerando:
1° Que, la ley N° 20.903, creó un Sistema de Desarrollo Profesional Docente, aplicable a
los profesionales de la educación que se desempeñen en los establecimientos educacionales
regidos por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1998, del Ministerio de Educación; regulados
por el decreto ley N° 3.166, de 1980; y a los que ocupan cargos directivos y técnico-pedagógicos
en los Departamentos de Administración Educacional, de cada municipalidad, o de las
corporaciones educacionales creadas por estas;
2° Que, el artículo décimo sexto transitorio de la ley N° 20.903, estableció para aquellos
profesionales de la educación que se desempeñaban como directores de establecimientos
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educacionales, jefes de Departamento de Administración de Educación Municipal o jefes de
educación en las corporaciones municipales a la entrada en vigencia de la ley, fueran asignados
al tramo profesional avanzado, pudiendo asignarse a un tramo más alto, si hubieren contado con
resultados de los instrumentos de evaluación y conforme a la experiencia profesional,
considerándose para efectos del cálculo de la asignación por tramo de desarrollo profesional,
regulada en el artículo 49 del Estatuto Docente;
3° Que, el numeral 2) del artículo 1° de la ley N° 21.152, que mejora el ingreso de docentes
directivos al Sistema de Desarrollo Profesional Docente, modifica diversos cuerpos legales y
establece los beneficios que indica, modificó el artículo decimosexto transitorio de la ley N°
20.903, permitiendo asignar tramo avanzado a los profesionales de la educación que, al 1 de
diciembre de 2018 se desempeñaban como directores de establecimientos educacionales, jefes de
educación de las corporaciones municipales o de Departamentos de Administración de
Educación Municipal;
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