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Fija Nuevo Orden de Subrogación de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de Arica y Parinacota, y Deja sin
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de julio de 2026
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MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño
FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL
MINISTERIAL DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO DE LA REGIÓN DE ARICA
Y PARINACOTA, Y DEJA SIN EFECTO DECRETO N° 13 EXENTO, DE 2024, DEL
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Núm. 18 exento.- Santiago, 19 de junio de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley
N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°
18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley 1-19.175, de 2005, del
Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley
N°19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto con
fuerza de ley N° 1-18.834, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,
actual Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto con fuerza de ley N° 7.912, de
30 de noviembre de 1927, del Ministerio del Interior; en el decreto supremo N° 19, de 2001, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto N° 38, de 2026, del Ministerio del
Interior, que nombra Ministros de Estado que indica; en el decreto N° 13 exento, de 2024, del
Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el oficio folio OFIC202604742, de 28 de mayo
de 2026, de la Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo de la Región de
Arica y Parinacota; en el oficio N° 281, de 29 de mayo de 2026, del Delegado Presidencial
Regional de Arica y Parinacota, y en la resolución N° 36, de 2024 de la Contraloría General de la
República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, el artículo 81 del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004 del Ministerio de
Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre
Estatuto Administrativo, señala que la autoridad facultada para efectuar un nombramiento podrá
determinar otro orden de subrogación respecto de los cargos de exclusiva confianza.
2. Que, el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo es
de exclusiva confianza del Presidente de la República.
3. Que, mediante el decreto N° 13 exento, de 4 de marzo de 2024, de esta Cartera de Estado,
se estableció el orden de subrogancia del cargo de Secretario/a Regional Ministerial de
Economía, Fomento y Turismo de la Región de Arica y Parinacota.
4. Que, por razones de buen servicio, y con la finalidad de mantener la continuidad de la
función pública resulta necesario ajustar el orden de subrogación para el cargo señalado
precedentemente.
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FIJA NUEVO ORDEN DE SUBROGACIÓN DE LA SECRETARÍA REGIONAL