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Designa sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares ante las autoridades y funcionarios de acuerdo a lo previsto en la ley n° 20.730 y su reglamento. deja sin efecto resoluciones exen
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE BIENES NACIONALES
DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LOBBY O GESTIÓN DE INTERESES
PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS DE ACUERDO A
LO PREVISTO EN LA LEY N° 20.730 Y SU REGLAMENTO. DEJA SIN EFECTO
RESOLUCIONES EXENTAS N° 527 DE 2025 Y N° 949 DE 2026, DE LA
SUBSECRETARÍA DE BIENES NACIONALES
Núm. 1.010 exenta.- Santiago, 26 de junio de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución Política de la República, cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 100, de 2005, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia; el DFL N° 1/19.653 de 2001, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de
la Administración del Estado; la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N°
20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las
Autoridades y Funcionarios; el decreto N° 71/2014 del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que establece el Reglamento de la ley N° 20.730; la ley N° 20.285 que regula el
principio de Transparencia de la Función Pública; el Instructivo de la Contraloría General de la
República N° E444887 de fecha 29 de enero de 2024; el DL N° 3.274 de 1980, Ley Orgánica del
Ministerio de Bienes Nacionales, el DS N° 386 de 1981, Reglamento Orgánico del Ministerio de
Bienes Nacionales; las resoluciones exentas N° 527 de 8 de agosto de 2025 y N° 949 de 19 de
junio de 2026, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales; y la resolución N° 36 de 2024, de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
Que, mediante resoluciones (exentas) N° 527 de 8 de agosto de 2025, y N° 949 de 19 de
junio de 2026, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, se designaron por sus cargos y
funciones, a los funcionarios y funcionarias frente a los cuales, en su calidad de sujetos pasivos,
se realiza lobby o gestión de interés particular, los cuales deben cumplir los deberes de registro y
transparencia que establece la ley N° 20.730, en el Ministerio de Bienes Nacionales.
Que, la ley N° 20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que representen Intereses
Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, establece en su artículo 3°, los funcionarios que
tienen la calidad, de Sujetos Pasivos.
Que, sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del
artículo 3° de la ley N° 20.730, el Jefe Superior de cada Servicio anualmente, mediante
resolución, individualizará a las personas que se considerarán sujetos pasivos para efectos de la
citada norma legal.
Que, asimismo, el Reglamento de la ley N° 20.730, contenido en el decreto N° 71/2014, del
Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en su artículo 5° dispone que, mediante acuerdo
o resolución fundada de la autoridad competente que se dictará en el mes de mayo, se
individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares
las autoridades y funcionarios que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias
relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Que, la Contraloría General de la República, mediante Instructivo N° E444887/2024, de
fecha 29 de enero de 2024, ha impartido instrucciones sobre aspectos de la ley N° 20.730, que
regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y
funcionarios que actúan como sujetos pasivos de lobby debido a su cargo en calidad de titular,
por suplencia, subrogancia y/o transitoriedad provisional.
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