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Diario Oficial· normas_generales

Designa sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares ante las autoridades y funcionarios de acuerdo a lo previsto en la ley n° 20.730 y su reglamento. deja sin efecto resoluciones exen

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE BIENES NACIONALES DESIGNA SUJETOS PASIVOS DE LOBBY O GESTIÓN DE INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS DE ACUERDO A LO PREVISTO EN LA LEY N° 20.730 Y SU REGLAMENTO. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES EXENTAS N° 527 DE 2025 Y N° 949 DE 2026, DE LA SUBSECRETARÍA DE BIENES NACIONALES Núm. 1.010 exenta.- Santiago, 26 de junio de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DFL N° 1/19.653 de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 20.730, que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios; el decreto N° 71/2014 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que establece el Reglamento de la ley N° 20.730; la ley N° 20.285 que regula el principio de Transparencia de la Función Pública; el Instructivo de la Contraloría General de la República N° E444887 de fecha 29 de enero de 2024; el DL N° 3.274 de 1980, Ley Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales, el DS N° 386 de 1981, Reglamento Orgánico del Ministerio de Bienes Nacionales; las resoluciones exentas N° 527 de 8 de agosto de 2025 y N° 949 de 19 de junio de 2026, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales; y la resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: Que, mediante resoluciones (exentas) N° 527 de 8 de agosto de 2025, y N° 949 de 19 de junio de 2026, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, se designaron por sus cargos y funciones, a los funcionarios y funcionarias frente a los cuales, en su calidad de sujetos pasivos, se realiza lobby o gestión de interés particular, los cuales deben cumplir los deberes de registro y transparencia que establece la ley N° 20.730, en el Ministerio de Bienes Nacionales. Que, la ley N° 20.730, que regula el Lobby y las Gestiones que representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, establece en su artículo 3°, los funcionarios que tienen la calidad, de Sujetos Pasivos. Que, sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en el inciso segundo del artículo 3° de la ley N° 20.730, el Jefe Superior de cada Servicio anualmente, mediante resolución, individualizará a las personas que se considerarán sujetos pasivos para efectos de la citada norma legal. Que, asimismo, el Reglamento de la ley N° 20.730, contenido en el decreto N° 71/2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en su artículo 5° dispone que, mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad competente que se dictará en el mes de mayo, se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones. Sitio Web: www.diarioficial.cl Que, la Contraloría General de la República, mediante Instructivo N° E444887/2024, de fecha 29 de enero de 2024, ha impartido instrucciones sobre aspectos de la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios que actúan como sujetos pasivos de lobby debido a su cargo en calidad de titular, por suplencia, subrogancia y/o transitoriedad provisional.

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Organismo

MINISTERIO DE BIENES NACIONALES