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Diario Oficial· normas_generales

Acepta Renuncia No Voluntaria de Director del Servicio de Salud Araucanía Norte

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 11 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Redes Asistenciales ACEPTA RENUNCIA NO VOLUNTARIA DE DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA NORTE Núm. 15.- Santiago, 7 de mayo de 2026. Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N° 10 y 35 del decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el Título VI de la ley N° 19.882, de 2003, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; la carta de solicitud de renuncia remitida por la Ministra de Salud al Director del Servicio de Salud Araucanía Norte, de fecha 6 de abril de 2026, en la carta de renuncia de fecha 8 de abril de 2026; y en la resolución N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1) Que, mediante decreto supremo N° 16 de 2025, del Ministerio de Salud, se nombró como Director del Servicio de Salud Araucanía Norte, en calidad de titular, a don Jorge Luis Montes Coronado, cédula de identidad N° 11.782.324-5, a contar del 1 de agosto de 2025. 2) Que, el inciso primero del artículo quincuagésimo octavo de la ley N° 19.882, establece que los altos directivos públicos tendrán, en materia de remoción, la calidad de empleados de exclusiva confianza de la autoridad facultada para disponer su nombramiento. 3) Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 148 del Estatuto Administrativo, en los casos de cargos de exclusiva confianza, la remoción se hará efectiva por medio de la petición de renuncia que formulará el Presidente de la República o la autoridad llamada a efectuar el nombramiento. 4) Que, la autoridad respectiva solicitó la renuncia a don Jorge Luis Montes Coronado al cargo de Director del Servicio de Salud Araucanía Norte, mediante carta expedida el 6 de abril de 2026, notificada con misma fecha al interesado. 5) Que, don Jorge Luis Montes Coronado presentó su renuncia no voluntaria a dicho cargo, para hacerse efectiva a contar del 2 de junio de 2026. 6) Que, teniendo presente todo lo anterior;

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