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Diario Oficial· normas_generales

MODIFICA DELEGACIÓN DE FACULTADES AL DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO DE LA ARMADA Núm. Ord. 4100/600/30 Vrs.- Val

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 8 de junio de 2026

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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL Subsecretaría para las Fuerzas Armadas / Armada de Chile Dirección General de los Servicios MODIFICA DELEGACIÓN DE FACULTADES AL DIRECTOR DE ABASTECIMIENTO DE LA ARMADA Núm. Ord. 4100/600/30 Vrs.- Valparaíso, 15 de abril de 2026. (Resolución) Visto: La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, contenido en decreto supremo N° 661 del Ministerio de Hacienda, del año 2024; la Ley N° 18.928, que fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en el decreto supremo N° 95 del Ministerio de Hacienda, del año 2006; el decreto supremo N° 181, del año 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, que Sustituye Reglamento de Pasajes, Fletes y Carga para las Fuerzas Armadas; el decreto supremo N° 205 del Ministerio de Defensa Nacional, de fecha 2 de diciembre de 2025, que nombra al Director General de los Servicios de la Armada; y la resolución N° 36, de 19 de diciembre de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Considerando: 1.- Que, conforme se establece en el artículo 1 de la Ley N° 18.928, el Director General de los Servicios de la Armada es la autoridad facultada para efectuar, en representación del Fisco, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios a título gratuito u oneroso, pudiendo al efecto celebrar y suscribir los contratos correspondientes. 2.- Que, a su vez, el artículo 3 del decreto supremo N° 181, del año 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, que Sustituye Reglamento de Pasajes, Fletes y Carga para las Fuerzas Armadas, en concordancia con su artículo 20, dispone que corresponderá al Director General de los Servicios de la Armada autorizar la adquisición de pasajes aéreos y terrestres, nacionales e internacionales, y la contratación del servicio de flete. 3.- Que, las facultades señaladas tienen por objeto satisfacer los requerimientos logísticos de la Armada en todos sus niveles en forma cabal, oportuna y eficiente; de manera que ésta pueda cumplir con las funciones y fines que le han sido encomendados por la Constitución y la ley. 4.- Que, la cantidad de adquisiciones de bienes y contratación de servicios que anualmente realiza la Institución es significativa, por lo que se requiere adoptar procedimientos que permitan utilizar de manera racional, eficiente y óptima los recursos institucionales. 5.- Que, la delegación de facultades en materias específicas de cada cargo, permite una eficiente e idónea administración y asignación de los medios públicos en cumplimiento de las funciones y tareas propias correspondientes a la administración del material naval. 6.- Que, el artículo 2 de la ley N° 18.928, faculta al Director infrascrito para delegar por resolución fundada y en materias específicas, la facultad de efectuar las adquisiciones indicadas en su artículo 1, en el Oficial de la Institución que en la misma resolución se determine. Sitio Web: www.diarioficial.cl 7.- Que, asimismo, el artículo 3 del decreto supremo N° 181, del año 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, que Sustituye Reglamento de Pasajes, Fletes y Carga para las Fuerzas Armadas, faculta al Director General de los Servicios de la Armada para delegar, por resolución fundada, las facultades señaladas en el citado artículo en el o los Oficiales de la respectiva institución que en tal resolución se determine. 8.- Que, en este sentido, mediante la resolución D.G.S.A. Ordinario N° 4100/600/17, de 29 de abril de 2025, en el N° 1 letra b) de su parte resolutiva, delegó facultades al Director de Abastecimiento de la Armada para efectuar, en representación del Fisco - Armada de Chile y en el ámbito técnico que le corresponde, las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios, en la forma establecida en la legislación y reglamentación vigentes, extendiendo las resoluciones y suscribiendo y celebrando todos los actos administrativos, certificaciones, contratos y restante documentación correspondiente, hasta por

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