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Diario Oficial· normas_generales

Formaliza Designación de Integrantes del Consejo Nacional de las Artes Escénicas

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 8 de junio de 2026

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MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría de las Culturas y las Artes FORMALIZA DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES DEL CONSEJO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Núm. 1.532 exenta.- Valparaíso, 26 de mayo de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 21.796, que Aprueba Presupuesto para el Sector Público año 2026; en la ley N° 21.045 que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N° 21.175 que crea el Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de las Artes Escénicas y su reglamento; en las resoluciones N°s. 36, de 2024, y 7, de 2025, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y sus modificaciones; en la resolución exenta N° 75, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que delega facultad que indica en el Subsecretario de las Culturas y las Artes; y en las resoluciones exentas N°s. 703 y 1.961, ambas de 2024, de la Subsecretaría de las Culturas, que formalizan designación de integrantes del Consejo Nacional de las Artes Escénicas. Considerando: Que la ley N° 21.045, creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el cual tiene como objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley. Asimismo, el artículo 3 numeral 1 de la ley, establece como función del Ministerio promover y contribuir al desarrollo de la creación artística y cultural, fomentando la creación, producción, mediación, circulación, distribución y difusión de las artes visuales, fotografía, nuevos medios, danza, circo, teatro, diseño, arquitectura, música, literatura, audiovisual y otras manifestaciones de las artes. Que el artículo 3 de la ley N° 21.175 crea en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, el Consejo Nacional de las Artes Escénicas, que tiene, entre otras facultades, la de asesorar al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio en la formulación y elaboración de la política de desarrollo estratégico nacional del desarrollo de las artes escénicas. Que, por su parte, el Consejo Nacional de las Artes Escénicas estará compuesto por 16 miembros que duran 2 años en sus cargos, a cuya integración concurren, entre otros, dos personas representativas del circo, una de las cuales deberá ser director artístico o formador en circo, y la otra artista circense, de conformidad al artículo 4 N° 4, de la citada ley N° 21.175, en Sitio Web: www.diarioficial.cl relación al artículo 6 del decreto supremo N° 9, de 2020, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que contiene el Reglamento para la Constitución del Consejo Nacional de las Artes Escénicas. Que en virtud de la normativa previamente citada, dichos integrantes serán designados por la asociación gremial o sindical de carácter nacional más representativa que los agrupe, nombrados mediante resolución firmada por el Ministro de las Culturas, las Artes y el Patrimonio o por la autoridad en la cual se haya delegado dicha facultad, delegación que se efectuó a esta autoridad mediante resolución exenta N° 75, de 2021, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Que, en virtud de lo anterior, mediante resoluciones exentas N°s. 703 y 1.961, ambas de 2024, se formalizaron las designaciones de don Lucas Vairon Vergara Zúñiga y doña Daniela María José Inostroza Castro, como integrantes del Consejo Nacional de las Artes Escénicas, en los cupos de representante de circo, uno en calidad de director o formador en circo y la otra en calidad de artista circense, por el período de dos años, respectivamente. Que habiéndose cumplido el periodo legal de duración en el cargo ostentado por el consejero don Lucas Vairon Vergara Zúñiga, y encontrándose próximo el vencimiento del plazo

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