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Aprueba propuesta de modificación de plan regulador comunal de los ángeles para permitir la alteración, ampliación, reparación o reconstrucción del establecimiento centro de detención preventiva de lo
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
APRUEBA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE PLAN REGULADOR COMUNAL
DE LOS ÁNGELES PARA PERMITIR LA ALTERACIÓN, AMPLIACIÓN,
REPARACIÓN O RECONSTRUCCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO CENTRO DE
DETENCIÓN PREVENTIVA DE LOS ÁNGELES, EN EL MARCO DEL ARTÍCULO
PRIMERO DE LA LEY N° 21.636, QUE ESTABLECE REGLAS ESPECIALES
TRATÁNDOSE DE LA CONSTRUCCIÓN, ALTERACIÓN, AMPLIACIÓN,
REPARACIÓN O RECONSTRUCCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
Y MODIFICA OTROS CUERPOS LEGALES
(Resolución)
Santiago, 6 de julio de 2026.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 995 exenta.
Visto:
1. La ley N° 21.636, que establece reglas especiales tratándose de la construcción,
alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios, y
modifica otros cuerpos legales;
2. La ley N° 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, en adelante e
indistintamente "Minvu", especialmente su artículo 2° numeral 4° que dispone la función del
Minvu referida a supervigilar todo lo relacionado con la planificación urbana, planeamiento
comunal e intercomunal y sus respectivos planes reguladores, urbanizaciones, construcciones y
aplicación de leyes pertinentes sobre la materia;
3. El oficio ordinario N° 5.185, de fecha 28 de agosto de 2024, del Ministro de Justicia y
Derechos Humanos;
4. El Informe Técnico de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, de fecha 26 de julio de 2024;
5. El decreto exento N° 285, de 15 de diciembre de 1976, del Ministerio de Justicia;
6. El oficio ordinario N° 463, de 18 de noviembre de 2024, del Ministro de Vivienda y
Urbanismo;
7. El oficio ordinario N° 1.001, de 27 de noviembre de 2024, del Alcalde de la comuna de
Los Ángeles;
8. El oficio ordinario N° 2.099, de fecha 31 de marzo de 2026, del Ministro de Justicia y
Derechos Humanos;
9. La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, con fecha 14 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficial la ley N° 21.636,
que establece reglas especiales tratándose de la construcción, alteración, ampliación, reparación
o reconstrucción de establecimientos penitenciarios, y modifica otros cuerpos legales. Esta ley
establece que en los casos en que se estime imprescindible para el resguardo de la seguridad
nacional, de la seguridad pública interior y, especialmente, para la efectiva protección de la
sociedad contra el delito, la reducción de la reincidencia y la protección de los derechos
fundamentales de las personas, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos propondrá
fundadamente al Ministerio de Vivienda y Urbanismo las modificaciones a los planes
reguladores intercomunales, comunales o planes seccionales a que se refiere el Título II del
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decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba
la Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, que estime necesarias para permitir la
alteración, ampliación, reparación o reconstrucción de establecimientos penitenciarios existentes,
como asimismo la construcción de recintos penitenciarios nuevos.
2. Que, conforme a la ley N° 21.636, previo a pronunciarse sobre la propuesta, el Ministerio
de Vivienda y Urbanismo debe solicitar informe a la o las municipalidades respectivas, cada una
de las cuales deberá evacuarlo en el plazo de quince días corridos, salvo que se trate de la
construcción de un recinto penitenciario nuevo, en cuyo caso el plazo será de treinta días
corridos. Vencido el plazo, la falta de pronunciamiento será considerada como aprobación sin
observaciones.
3. Que, también conforme a la ley N° 21.636, no se requerirá la aprobación o
pronunciamiento de otros organismos del Estado.
4. Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicitó mediante el oficio ordinario
citado en el Visto 3., con la finalidad de resguardar la seguridad nacional, la seguridad pública, y
específicamente, la efectiva protección de la sociedad contra el delito, la reducción de la
reincidencia y la protección de los derechos fundamentales de las personas, al Ministerio de
Vivienda y Urbanismo, la modificación del Plan Regulador Comunal de Los Ángeles para
permitir la ampliación del Centro de Detención Preventiva de Los Ángeles, ubicado en Avenida
Vicuña Mackenna N° 530, de la comuna de Los Ángeles, y que tiene asignado el rol de avalúo
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